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    Responsabilidad civil de autónomos

    Responsabilidad civil de autónomos: todo lo que debes saber

    Un fontanero cambia una llave de paso y, una semana después, el piso de abajo amanece con el techo empapado. Una diseñadora entrega tarde la web de un cliente y este pierde la campaña que tenía preparada. Un fisioterapeuta lesiona a un paciente durante una sesión.

    Son situaciones distintas con algo en común: si el daño se le puede atribuir al profesional, alguien tendrá que pagarlo. Y cuando trabajas por tu cuenta, ese alguien eres tú.

    La responsabilidad civil de los autónomos es uno de esos temas que muchos solo se plantean cuando ya ha llegado la reclamación. En este artículo te explicamos qué es, con qué bienes respondes, cuándo es obligatorio tener un seguro y qué conviene revisar para estar bien cubierto.

    Qué es la responsabilidad civil

    La responsabilidad civil es la obligación de reparar o indemnizar un daño causado a otra persona. No es una multa ni una sanción: se trata de compensar al perjudicado por lo que ha perdido.

    El Código Civil distingue dos grandes tipos:

    • Contractual. Nace cuando incumples, o cumples mal, lo que habías pactado con un cliente: un trabajo defectuoso, un retraso, un error en un informe. Se basa en el artículo 1101 del Código Civil.
    • Extracontractual. Surge cuando causas un daño a alguien con quien no tienes contrato, por acción u omisión y con culpa o negligencia. Es el caso del vecino al que se le inunda la casa. La recoge el artículo 1902.

    Además, si tienes trabajadores, también puedes responder por los daños que ellos causen mientras trabajan para ti, según el artículo 1903.

    Con qué bienes responde un autónomo

    Aquí está la gran diferencia entre trabajar como autónomo y hacerlo a través de una sociedad. El autónomo responde de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros, como establece el artículo 1911 del Código Civil. No hay separación entre el patrimonio personal y el del negocio.

    Eso significa que una indemnización importante puede acabar afectando a tus ahorros, a tu coche o a tu vivienda. Si estás casado en gananciales, los bienes comunes también pueden responder de las deudas que nazcan de tu actividad profesional.

    ¿Y la figura del emprendedor de responsabilidad limitada?

    Existe una figura, el emprendedor de responsabilidad limitada, que permite proteger la vivienda habitual frente a deudas del negocio, con un límite de valor y cumpliendo ciertos requisitos de inscripción registral. En la práctica se utiliza poco, deja fuera las deudas causadas con fraude o negligencia grave y, en cualquier caso, no protege el resto del patrimonio. No sustituye a un buen seguro.

    ¿Compensa crear una sociedad?

    Una sociedad limitada separa, en principio, el patrimonio de la empresa del de los socios. Pero no es un escudo absoluto: el administrador puede responder personalmente en algunos casos y, en profesiones donde el trabajo lo presta una persona concreta, la reclamación puede dirigirse también contra ella. Si estás valorando el cambio, aquí comparamos autónomo o sociedad limitada.

    ¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para autónomos?

    Con carácter general, no. Ninguna norma obliga a todos los autónomos a contratar un seguro de responsabilidad civil por el simple hecho de darse de alta.

    Sin embargo, sí es obligatorio en muchas actividades, bien por ley, bien por exigencia del colegio profesional. Algunos ejemplos habituales:

    • Profesiones colegiadas, como abogados, arquitectos, ingenieros o profesionales sanitarios, en los términos que fije su normativa y su colegio.
    • Instaladores, por ejemplo electricistas o instaladores de gas, que deben acreditar un seguro para poder habilitarse.
    • Mediadores de seguros y mediadores civiles y mercantiles.
    • Locales abiertos al público y actividades de ocio o espectáculos, según la normativa autonómica.

    Y aunque tu actividad no lo exija, es frecuente que te lo pidan tus clientes: grandes empresas, comunidades de propietarios o administraciones públicas suelen solicitar el certificado del seguro antes de contratar.

    Antes de elegir póliza, revisa la normativa de tu sector y los requisitos de tu colegio, porque a veces fijan capitales mínimos asegurados.

    Tipos de seguro de responsabilidad civil

    No existe un único seguro de responsabilidad civil. Según la actividad, puede interesarte una o varias de estas coberturas:

    • Responsabilidad civil general o de explotación. Cubre los daños materiales y personales que causes a terceros mientras desarrollas la actividad, en tu local o en casa del cliente.
    • Responsabilidad civil profesional. Pensada para errores, omisiones o negligencias en el servicio prestado que provocan un perjuicio económico al cliente. Es la habitual en consultores, asesores, diseñadores o técnicos.
    • Responsabilidad civil patronal. Cubre las reclamaciones de tus propios empleados por accidentes de trabajo, por encima de lo que ya cubre la Seguridad Social.
    • Responsabilidad civil de productos. Para quien fabrica, distribuye o vende productos que pueden causar daños una vez entregados.

    La mayoría de pólizas incluyen además defensa jurídica y la constitución de fianzas, algo muy útil si la reclamación acaba en los tribunales.

    Qué revisar antes de firmar la póliza

    Dos seguros con un precio parecido pueden cubrir cosas muy distintas. Antes de firmar, fíjate en estos puntos:

    • Capital asegurado. Debe ser acorde al riesgo real de tu actividad, no solo al mínimo legal.
    • Sublímites. Algunas pólizas limitan lo que pagan por víctima o por tipo de daño.
    • Franquicia. La parte del daño que asumirás tú en cada siniestro.
    • Exclusiones. Daños intencionados, multas, trabajos fuera de España o determinadas tareas que no se declararon.
    • Descripción de la actividad. Si haces algo que no aparece en la póliza, la aseguradora puede negarse a pagar.
    • Ámbito temporal. Revisa si cubre reclamaciones por trabajos anteriores a la contratación y durante cuánto tiempo después de darte de baja. En responsabilidad profesional, las reclamaciones llegan a veces años después.

    ¿El seguro de responsabilidad civil es un gasto deducible?

    Sí. Si tributas en estimación directa, la prima del seguro de responsabilidad civil vinculado a tu actividad es un gasto deducible en el IRPF, siempre que esté a tu nombre, relacionado con el negocio y correctamente justificado. Tienes una lista más completa en los gastos deducibles para autónomos.

    Lo que no podrás deducir es IVA, porque los seguros están exentos de este impuesto. En su lugar, el recibo incluye el Impuesto sobre las Primas de Seguros, que forma parte del gasto. Guarda la póliza y los justificantes de pago, porque Hacienda puede pedirlos; aquí te contamos cómo justificar gastos deducibles ante Hacienda.

    Cuánto tiempo tiene un cliente para reclamarte

    Depende del tipo de responsabilidad. En la extracontractual, el perjudicado dispone de un año desde que conoció el daño. En la contractual, el plazo general es de cinco años.

    Por eso conviene conservar presupuestos, partes de trabajo, correos y cualquier documento que acredite qué se pactó y cómo se hizo el trabajo. Muchas reclamaciones se resuelven, a favor o en contra, por la documentación disponible.

    Qué hacer si recibes una reclamación

    • No reconozcas la culpa ni pagues nada antes de hablar con tu aseguradora.
    • Comunica el siniestro a la compañía cuanto antes; la ley de contrato de seguro fija un plazo de siete días desde que lo conoces.
    • Reúne fotos, mensajes, contratos y facturas relacionados con el trabajo.
    • Responde siempre por escrito y guarda copia de todo.

    Trabajar tranquilo también es parte del negocio

    La responsabilidad civil no es algo que solo afecte a grandes empresas. Un autónomo con un error, un accidente o un trabajo mal rematado puede enfrentarse a una reclamación que comprometa su patrimonio personal. Saber cómo respondes y elegir bien el seguro es tan importante como llevar al día tus impuestos.

    En Asesoría Orihuela Costa ayudamos a autónomos y emprendedores a organizar su actividad: forma jurídica, fiscalidad, gastos deducibles y obligaciones del día a día. Si tienes dudas sobre tu caso, contacta con nosotros.

    Preguntas frecuentes sobre la responsabilidad civil de los autónomos

    ¿Es obligatorio que un autónomo tenga seguro de responsabilidad civil?

    No con carácter general, pero sí en muchas actividades por ley o por exigencia del colegio profesional, como profesiones colegiadas, instaladores o mediadores. Además, muchos clientes lo exigen para contratar.

    ¿Con qué bienes responde un autónomo ante una reclamación?

    Con todos sus bienes presentes y futuros, según el artículo 1911 del Código Civil. No existe separación entre el patrimonio personal y el de la actividad.

    ¿Qué diferencia hay entre responsabilidad civil general y profesional?

    La general cubre daños materiales o personales a terceros durante la actividad. La profesional cubre los perjuicios económicos causados al cliente por errores u omisiones en el servicio prestado.

    ¿El seguro de responsabilidad civil es deducible para un autónomo?

    Sí. En estimación directa, la prima es gasto deducible en el IRPF si está vinculada a la actividad y correctamente justificada. No incluye IVA, porque los seguros están exentos.

    ¿Cuánto tiempo tiene un cliente para reclamar a un autónomo?

    Un año en la responsabilidad extracontractual, desde que el perjudicado conoce el daño, y cinco años como plazo general en la contractual.

    Una asesoría pensada para autónomos

    En Asesoría Orihuela Costa trabajamos con muchos autónomos: instaladores, profesionales sanitarios, agentes inmobiliarios, comercios y negocios de hostelería. Gestionamos su alta, llevamos su contabilidad y sus impuestos trimestrales, revisamos qué gastos pueden deducir y les ayudamos a decidir cuándo compensa dar el salto a una sociedad. No vendemos seguros, pero sí te ayudamos a entender los riesgos de tu actividad para que contrates la cobertura con criterio. Escríbenos y te contamos cómo trabajamos.