¿Buscas una asesoría fiscal
para tu sociedad?
Gestionamos el Impuesto sobre Sociedades, la contabilidad y las obligaciones fiscales de tu empresa dentro de un servicio continuado, claro y profesional.
El impuesto anual de tu empresa explicado con claridad
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y cómo afecta a tu empresa?
El Impuesto sobre Sociedades grava los beneficios obtenidos por sociedades y otras entidades con personalidad jurídica residentes en España. Se calcula a partir del resultado contable, aplicando los ajustes fiscales que establece la Ley 27/2014, y se presenta anualmente mediante el Modelo 200. Conocer los tipos que te corresponden, las deducciones aplicables y los plazos exactos puede suponer una diferencia real en lo que tu empresa paga cada año a Hacienda.
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Revisamos tu contabilidad antes de cerrar el ejercicio: Detectamos desviaciones, gastos no contabilizados o provisiones pendientes antes de que el cierre sea definitivo. Corregir a tiempo evita ajustes fiscales innecesarios.
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Calculamos tu base imponible con todos los ajustes fiscales: Aplicamos las diferencias permanentes y temporarias que establece la Ley 27/2014, separando correctamente el resultado contable de la base imponible fiscal.
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Identificamos todas las deducciones aplicables a tu empresa: Revisamos los incentivos vigentes: creación de empleo, inversiones en energías renovables, libertad de amortización y otros beneficios que dependen del tamaño y actividad de tu sociedad.
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Aplicamos el tipo de gravamen que te corresponde: No todas las sociedades tributan al 25%. Revisamos si tu empresa cumple los requisitos de entidad de reducida dimensión, micropyme o nueva creación para aplicar el tipo correcto.
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Presentamos el Modelo 200 en plazo y coordinamos el Modelo 202: Gestionamos tanto la declaración anual como los pagos fraccionados para que no haya sorpresas de tesorería ni riesgo de recargos por presentación fuera de plazo.
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Coordinamos el IS con el resto de tu fiscalidad: El Impuesto sobre Sociedades no es un modelo aislado. Lo coordinamos con el IVA, las retenciones y la contabilidad para que todo cuadre ante cualquier revisión de Hacienda.

¿Quién está obligado a presentarlo?
Todas las sociedades limitadas, sociedades anónimas y demás entidades con personalidad jurídica residentes en España deben presentar el Impuesto sobre Sociedades, aunque no hayan obtenido beneficios o hayan tenido pérdidas durante el ejercicio.

Tipos de gravamen vigentes en 2026
El tipo general es del 25% para grandes empresas. Las pymes con facturación inferior a 10 millones tributan al 23%, y las microempresas con ingresos inferiores a un millón aplican una escala progresiva: los primeros 50.000 € al 19% y el resto al 21%. Las entidades de nueva creación mantienen un tipo del 15% durante el primer período con base imponible positiva y el siguiente.

Plazo de presentación: Modelo 200
La declaración anual del ejercicio 2025 debe presentarse entre el 1 y el 27 de julio de 2026. Si el resultado es a ingresar y se opta por domiciliación bancaria, el plazo finaliza el 22 de julio. Presentarlo fuera de plazo genera recargos automáticos que pueden evitarse con una gestión bien planificada.

Pagos fraccionados: Modelo 202
Las empresas con cuota a ingresar en el ejercicio anterior deben realizar pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre mediante el Modelo 202. Una planificación correcta de estos pagos evita tensiones de tesorería y posibles recargos innecesarios.

Deducciones y bonificaciones que reducen la cuota
La Ley 27/2014 permite aplicar incentivos fiscales por I+D+i, creación de empleo o doble imposición internacional. Además, las pymes pueden deducir automáticamente el riesgo de insolvencia de clientes. Identificar y aplicar correctamente cada deducción es donde una asesoría marca la diferencia.

¿Necesitas ayuda con el Impuesto sobre Sociedades?
En Asesoría Orihuela Costa revisamos tu resultado contable, aplicamos los ajustes fiscales correctos, identificamos deducciones y presentamos el Modelo 200 en plazo. Todo dentro de un servicio de asesoría fiscal continuada para que tu empresa siempre esté al día.
Por qué una gestión profesional del Impuesto sobre Sociedades marca la diferencia
El Impuesto sobre Sociedades no es solo rellenar un modelo y enviarlo a Hacienda. Es el resultado de un cierre contable bien hecho, de unos ajustes fiscales correctamente aplicados y de haber identificado todas las deducciones y bonificaciones a las que tiene derecho tu empresa antes de presentar la declaración.
La normativa fiscal cambia cada año. Los tipos de gravamen, los límites de deducción, los criterios de amortización y las obligaciones de información se actualizan con frecuencia. Un error de interpretación o una deducción no aplicada puede suponer miles de euros de diferencia en la cuota final, o una inspección que nadie necesita.
En Asesoría Orihuela Costa analizamos el resultado de tu empresa con criterio técnico, aplicamos los incentivos fiscales vigentes y coordinamos el Impuesto sobre Sociedades con el resto de tus obligaciones fiscales y contables. No gestionamos impuestos sueltos: ofrecemos una gestión fiscal completa para sociedades en la que todo está conectado y nada se improvisa.
Presentamos el Modelo 200 de tu empresa con criterio técnico, en plazo y coordinado con toda tu fiscalidad
¿Quién está obligado a presentar el Impuesto sobre Sociedades?
Están obligadas a presentar el Modelo 200 todas las entidades residentes en España con personalidad jurídica, con independencia de si han obtenido beneficios, pérdidas o resultado cero. Pero también los no residentes que operan en España mediante establecimiento permanente, tanto personas físicas como jurídicas, deben presentar el mismo Modelo 200 que las entidades residentes y en los mismos plazos. Agencia Tributaria
En Asesoría Orihuela Costa gestionamos el Impuesto sobre Sociedades tanto para empresas y pymes establecidas en la Costa Blanca como para inversores y empresarios extranjeros con establecimiento permanente en España, con atención en español, inglés y francés.
Qué revisamos antes de presentar el Modelo 200
Antes de preparar el Impuesto sobre Sociedades, revisamos los puntos que pueden afectar directamente al resultado fiscal de la empresa.
El punto de partida suele ser el resultado contable, pero no todos los gastos contables son fiscalmente deducibles ni todos los ingresos tienen siempre el mismo tratamiento fiscal.
Revisamos si procede realizar ajustes extracontables positivos o negativos para calcular correctamente la base imponible.
Las amortizaciones pueden tener un impacto importante en el Impuesto sobre Sociedades. Revisamos si las inversiones están correctamente activadas, si la amortización aplicada es razonable y si puede existir algún incentivo fiscal aplicable.
La reserva de capitalización puede permitir reducir la base imponible si se cumplen los requisitos legales. También puede haber deducciones o incentivos aplicables según la actividad, inversiones, contratación, innovación o situación concreta de la empresa.
No aplicamos incentivos de forma automática: primero revisamos si se cumplen los requisitos y si la empresa puede justificarlo correctamente.
Analizamos gastos como vehículos, dietas, viajes, atenciones a clientes, suministros, seguros, gastos financieros, retribuciones de administradores y otros conceptos que suelen generar dudas.
El objetivo es aplicar los gastos deducibles correctamente, sin asumir riesgos innecesarios ante Hacienda.
Si la empresa tuvo pérdidas fiscales en ejercicios anteriores, puede ser posible compensarlas con beneficios futuros, respetando los límites y requisitos aplicables.
Una mala gestión de las bases negativas puede hacer que la empresa pague más impuesto del necesario.
Si la sociedad realiza operaciones con socios, administradores, familiares u otras empresas vinculadas, es importante revisar que los importes estén correctamente valorados y documentados.
Este punto puede ser especialmente delicado en sociedades pequeñas donde el socio también trabaja para la empresa.
Asesoría para el Impuesto sobre Sociedades en Orihuela Costa
En Asesoría Orihuela Costa ayudamos a empresas de Orihuela Costa, Torrevieja, Pilar de la Horadada, San Miguel de Salinas y otras zonas de Alicante y Murcia a gestionar su fiscalidad societaria.
Nuestro enfoque es claro:
- No presentar impuestos sin revisar,
- No aplicar deducciones sin base documental,
- No dejar el cierre fiscal para el último momento,
- y explicar al cliente qué se presenta y por qué.
Trabajamos con empresas españolas y también con empresarios extranjeros que tienen sociedades en España y necesitan entender sus obligaciones fiscales de forma clara.
Nuestro equipo está formado por profesionales con experiencia en asesoramiento fiscal, contable y laboral, lo que nos permite revisar el Impuesto sobre Sociedades dentro del contexto real de la empresa.
¿Todas las sociedades tienen que presentar el Impuesto sobre Sociedades?
Con carácter general, todas las sociedades y entidades con personalidad jurídica residentes en España están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, incluso si no han tenido actividad o el resultado ha sido cero o negativo. Solo quedan exentas determinadas entidades que cumplen requisitos muy específicos previstos en la Ley 27/2014.
¿El Impuesto sobre Sociedades se paga sobre la facturación o sobre el beneficio?
No se paga directamente sobre la facturación. El impuesto se calcula partiendo del resultado contable y realizando los ajustes fiscales necesarios para determinar la base imponible.
¿Qué modelo se presenta para el Impuesto sobre Sociedades?
La declaración anual se presenta mediante el Modelo 200. Además, muchas sociedades deben presentar pagos fraccionados mediante el Modelo 202.
¿Una sociedad sin actividad tiene que presentar el Impuesto sobre Sociedades?
En muchos casos, una sociedad inactiva sigue teniendo obligaciones fiscales y mercantiles, aunque no haya facturado. Conviene revisar cada caso antes de dejar de presentar modelos.
¿Se pueden compensar pérdidas de años anteriores?
Sí. Las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores pueden compensarse con la base imponible positiva de ejercicios futuros. Con carácter general, el límite de compensación es del 70% de la base imponible previa a la compensación, aunque las empresas con base imponible inferior a un millón de euros pueden compensar sin límite de porcentaje.
¿Su asesoría puede ayudarme a pagar menos Impuesto sobre Sociedades?
Sí, pero siempre dentro de la legalidad. Una buena planificación fiscal permite revisar gastos deducibles, amortizaciones, bases negativas, reservas, incentivos y decisiones contables antes del cierre del ejercicio.
¿Tu empresa todavía no tiene una asesoría de confianza?
En Asesoría Orihuela Costa llevamos la gestión fiscal, contable y laboral de tu sociedad de forma completa y continuada, con el Impuesto sobre Sociedades incluido.




