¿Qué impuestos tengo que pagar si tengo bitcoins?
Patrick2024-02-16T01:32:44+00:00La cuestión de los impuestos a bitcoins en España es compleja porque, aunque sea una criptomoneda, no se considera como tal en nuestra legislación.
Es decir, actualmente en España no existe una ley que regule los criptoactivos, ni se reconocen como dinero.
Este artículo no está hecho por una máquina y no está hecho con GPT, sino que lo han escrito profesionales en materia fiscal de Asesoria Orihuela Costa y aquí le explicamos qué impuestos se tienen que pagar si tiene bitcoins.
Impuestos a bitcoins en España
Aunque sirvan para hacer transacciones, España no reconoce al bitcoin como moneda de curso legal.
¿La razón? Que no hay ningún banco central que la respalde, aunque algunos Estados como El Salvador la hayan adoptado unilateralmente (junto al dólar).
En consecuencia, aquí el bitcoin es un activo financiero más, como lo pueden ser una cuenta corriente o de ahorro, los bonos del Estado, las acciones de compañías o las participaciones en fondos de inversiones.
Y esto implica que, a efectos de fiscalidad, se aplique esa normativa.
Y esto afecta a toda aquella persona residente en España con un NIF (Número de Identificación Fiscal) DNI o NIE.
La tenencia o la transacción de bitcoins puede servir para calcular distintos tributos.
Tomemos nota…
¿Se pueden aceptar pagos en criptomonedas?
Un cliente le debe unas cantidades y, ante sus reclamaciones, le propone pagarle en bitcoins
Pues bien, actualmente en España no existe una ley que regule los criptoactivos, ni se reconocen como dinero.
Esto no significa que no pueda aceptar la propuesta; pero, si lo hace y consiente que la deuda quede cancelada con ese pago, tenga en cuenta que:
- El importe de la factura podrá expresarse en bitcoins, pero el del impuesto que –en su caso– se repercuta deberá expresarse necesariamente en euros.
- Dado que el valor del bitcoin oscila constantemente (es muy volátil), podría tener que declarar una ganancia y tributar por ella si su valor aumenta en el futuro. Y si disminuye, habrá perdido dinero.
¿Es segura la transacción en criptomonedas?
Aceptar pagos en criptomonedas es posible.
Pero, dada su falta de regulación y su volatilidad, es poco recomendable.
IRPF o IS y Bitcoins
Las bitcoins se considerans bienes inmateriales
Si va a invertir en criptomonedas (bitcoins, ethereum, ripple, nxt, etc.), como hemos dicho antes, tenga en cuenta que éstas no se consideran monedas de curso legal, sino bienes inmateriales.
A consecuencia de ello, su tributación por IRPF es la siguiente:
- Si usted adquiere criptomonedas y después las vende a cambio de euros, deberá declarar una ganancia por la diferencia entre su valor de adquisición y el importe obtenido por su venta.
- Si las utiliza para adquirir bienes y servicios, estará realizando una permuta.
En ese caso, deberá declarar una ganancia por la diferencia entre su valor de adquisición y el mayor entre el valor de mercado de la criptomoneda y el del bien o servicio adquirido.
¿Qué pasa con otras criptomonedas?
Lo dispuesto en este segundo punto es aplicable incluso aunque usted adquiera otras criptomonedas.
Cuando se compran y venden divisas, no hay que declarar ninguna ganancia hasta que la cartera se transforma en euros. ¡Pero esto no ocurre en el caso de las criptomonedas, al no ser monedas de curso legal!
Ejemplo de tributación de bitcoins
La tenencia de un bitcoin en España obliga a declararlo y a pagar unos impuestos si se vende.
Por ejemplo, los particulares que hagan una transacción financiera de venta tendrán que pagar de IRPF entre el 19 % de la ganancia patrimonial (menos de 6.000 euros), el 21 % (hasta 50.000), el 23 % (hasta 200.000) y, en adelante, el 27 %.
Las empresas que operen con bitcoins tendrán que pagar lo que les corresponda como parte de la ganancia en el Impuesto de Sociedades.
Impuestos bitcoins: declaración de activos en el extranjero
España no prohíbe la tenencia de activos financieros y patrimoniales en el extranjero por parte de nacionales y residentes. Lo que está prohibido es no declararlos si estos superan un determinado valor.
En el caso de los bitcoins, se tienen que declarar en España en años sucesivos si la cantidad en el extranjero supera los 20.000 euros de ganancia con respecto al año anterior.
Para la declaración de criptomonedas en el extranjero se utiliza el modelo 721 de la Agencia Tributaria. Ahora bien, si el saldo existente no es superior a 50.000 euros, no será necesario presentar la declaración.
Esta cuestión es importante, sobre todo, para los residentes en España.
No en vano, si no hay convenio con España para evitar doble imposición, las ganancias sumarían para la base imponible del IRPF o del Impuesto de Patrimonio.
Impuesto al Patrimonio
Los bitcoins tienen un valor de mercado y, al igual que las acciones, forman parte del patrimonio.
El Impuesto al Patrimonio es un tributo estatal, aunque de gestión autonómica, que graba a todos aquellos patrimonios de más de 700.000 euros (con exenciones y bonificaciones según el territorio; en la comunidad valenciana es de 500.000€) .
Pues bien, a la hora de calcularlo, la valoración de los bitcoins, a precios de mercado, se añadirá para calcular la base imponible.