Devolución cuota autónomos
admin2023-01-30T16:15:52+00:00Si eres un autónomo en situación de pluriactividad, es decir, estás cotizando en Régimen General y de Autónomos a la vez, puedes solicitar la devolución de las cuotas de autónomos por el excesos de cotización siempre que hayas superado en el año la cantidad establecida en los Presupuestos Generales para este caso.
Si en 2015 los pagos realizados a Seguridad Social teniendo en cuenta las aportaciones empresariales y las del trabajador en Régimen General por contingencias comunes y las realizadas como autónomo, han superado los 12.245,28€, se puede solicitar la devolución del 50% de la cantidad por encima de este límite. Lo recibido no puede superar el 50% de lo pagado como cotización de autónomo a lo largo del año.
El plazo para presentar la solicitud de devolución de las cuotas de autónomos finaliza el 30 de abril.
La devolución es a instancia del trabajador autónomo, por lo que si no lo pide no la percibirá.
Supongamos que cotizamos en nuestro trabajo por cuenta ajena 2.800 euros mensuales. Entre la empresa y el trabajador se aporta a la Seguridad Social un 28,30% de contingencias comunes de la base, por lo que en este caso serán 792,40€ mensuales y 9.508,80€ anuales. Si al mismo tiempo somo autónomos y nuestra base de cotización es de 1.000€, pagaremos el 29,80%, es decir 298€ mensuales y 3.576€ anuales. Si sumamos ambas aportaciones, durante el 2015 habremos abonado un total de 13.084,80€ anuales. El exceso sería de 13.084,80 – 12.245,28 = 839,52. Tendríamos por tanto derecho a la devolución del 50% de dicho exceso, 419,76€ que recibiríamos íntegramente ya que no llega al 50% de lo pagado como cotización de autónomos (3.576).
Aquellos que estéis en esta situación de pluriactividad revisad lo pagado durante 2015 y si superáis la cantidad comentada en la entrada solicitad la devolución. Recordad que tenéis hasta el 30 de abril.
Pregunte nos como solicitar la devolución de las cuotas de autónomos