x

    Acepto recibir información comercial
    intereses de demora

    ¿Como tributan los intereses de demora?

    En este artículo vamos a ver cómo tributan los intereses de demora en el impuesto sobre sociedades .

    A nadie le gusta pagar intereses, a nadie, ahora bien en la vida prácticamente todo el mundo tiene que pagar intereses.

    Si tenemos una empresa y esta tiene que pagar intereses por lo que sea, por lo menos, queremos deducirnos eses gasto, sacar un pequeño beneficio o más bien pagar menos impuestos, contabilizando ese gasto en el impuesto sobre sociedades. 

    Hasta ahora, los tribunales no dejaban deducirse el gasto de los intereses de demora. Pero ahora sí.

    ¿Que son los intereses de demora tributarios?

    Los intereses demora son una compensación

    Los intereses de demora tienen por finalidad compensar a Hacienda del coste financiero que le supone el hecho de que un contribuyente efectúe un ingreso tributario fuera del plazo reglamentario,

    Así como compensar a los contribuyentes de los costes financieros derivados de haber realizado un ingreso indebido o de obtener con retraso una devolución de impuestos a su favor.

    Son los llamados coloquialmente intereses de devolución de hacienda.

    Intereses de demora a favor de Hacienda

    Los principales casos en los que los intereses de demora se devengan a favor de Hacienda son los siguientes:

    • Cuando ésta regulariza la situación del contribuyente en un procedimiento de comprobación o inspección, reclamando una deuda no liquidada o una devolución obtenida indebidamente.
    • En la presentación de declaraciones extemporáneas fuera de plazo, cuando hay un retraso superior a 12 meses.
    • O cuando se solicita la suspensión o el aplazamiento del pago de una deuda tributaria.

    Intereses de demora a favor del contribuyente

    Si si, ha leído bien, los mortales  también tenemos derecho a cobrar intereses de demora.

    Por otro lado, los principales casos en los que se devengan intereses a favor de los contribuyentes son:

    • Cuando se ha llevado a cabo un ingreso erróneo y se solicita su reembolso. En estas situaciones, el interés de demora se genera desde el momento en que se ha realizado el ingreso erróneo hasta el día en que se autoriza el pago de la devolución.
    • Cuando se recibe el reembolso generado por la normativa de un impuesto (por ejemplo, una devolución de IVA o de IRPF como resultado del proceso de liquidación de esos impuestos).

    En este último supuesto se devengan intereses de demora si Hacienda no efectúa la devolución en un plazo máximo de seis meses.

    Los intereses se devengan desde la fecha en que venza dicho plazo máximo.

    Si Hacienda devuelve el dinero antes, no se devengan intereses.

    Quizás le interese este artículo sobre el impuesto sobre sociedades

    ¿Cómo se calculan los intereses de demora?

    Cálculo intereses de demora

    La cuantía de los intereses a satisfacer (tanto si el pagador es Hacienda como si es el contribuyente) se calcula aplicando el tipo de interés de demora previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de cada año.

    Si su cálculo abarca más de un año, se aplica el tipo vigente en cada período anual (es decir, los intereses que cada año se devenguen deben calcularse según el tipo de interés de cada ejercicio).

    Puede calcular los intereses de demora con esta calculadora de intereses de demora de hacienda 

    Tipo de interés de demora 2025

    Actualmente, dado que los últimos PGE aprobados fueron los de 2023, es de aplicación el tipo de interés fijado para dicho ejercicio: el 4,0625% anual.

    Año

    Interés demora

    2016

    5%

    2017

    4,375%

    De 2018 a 2022

    3,75%

    De 2023 a 2025

    4,0625%

    ¿Son un gasto deducible?

    Deducibilidad como gasto 

    Ahora tenemos que ver como tributan los intereses de demora en el Impuesto sobre sociedades.

    En relación con los intereses que las empresas –contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS)– satisfacen a Hacienda, en algunas resoluciones de 2015 y 2017 el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) se opuso a su deducibilidad .

    El argumento en el que fundamentaba su criterio era que la normativa del IS negaba el carácter deducible de las actuaciones contrarias a la ley : como los intereses de demora se generan muchas veces debido a regularizaciones de Hacienda, para el TEAC en esos casos debían considerarse no deducibles .

    Sí son deducibles

    Gracias a dios, el Tribunal Supremo zanjó este problema y confirmó la deducibilidad de los intereses de demora tributarios en base a los siguientes argumentos en una sentencia de 24-07-2023:

    • Dichos intereses no tienen una naturaleza sancionadora , sino exclusivamente compensatoria del perjuicio causado a Hacienda por el retraso en el pago de la deuda tributaria.
    • Por tanto, si se cumplen los requisitos legales exigidos para la deducibilidad de un gasto –justificación, registro contable y correlación con los ingresos–, no puede cuestionarse dicha deducibilidad.
    • Eso sí: al tratarse de gastos financieros, estarán sometidos a la limitación que la normativa del Impuesto sobre Sociedades establece para este tipo de gastos .

    Recuerde que los gastos financieros netos que una empresa puede deducirse cada año en el Impuesto sobre Sociedades (IS) tienen como límite la cuantía mayor de entre :

    • El 30% del beneficio operativo del ejercicio.
    • Un millón de euros

    Los intereses de demora satisfechos por contribuyentes del IS son un gasto deducible. Por otro lado, los intereses percibidos por contribuyentes del IRPF son ganancias patrimoniales y deben declararse dentro de la base general de dicho impuesto.

    Qué debe revisar la empresa al actualizar el tratamiento fiscal

    La deducción de los intereses de demora exige separar correctamente cada componente de la deuda tributaria. En una liquidación pueden aparecer la cuota regularizada, los intereses, un recargo y una sanción; aunque todos los importes se paguen conjuntamente, su tratamiento fiscal es distinto. Los intereses conservan naturaleza financiera, mientras que las multas y las sanciones figuran expresamente entre los gastos no deducibles del Impuesto sobre Sociedades. La misma exclusión afecta a los recargos del periodo ejecutivo y al recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo.

    También conviene revisar el ejercicio al que corresponde el gasto. La fecha del pago no determina por sí sola cuándo debe deducirse. La Ley del Impuesto sobre Sociedades aplica el criterio de devengo, de manera que el gasto se imputa al periodo en el que se genera de acuerdo con la normativa contable. Esta cuestión adquiere especial importancia cuando una inspección abarca varios años o cuando la resolución definitiva llega después del cierre del ejercicio.

    La empresa debe conservar la liquidación y el acuerdo administrativo. También necesitará el justificante del pago. Estas evidencias permiten identificar el origen del interés y acreditar que la cantidad registrada coincide con la exigida por la Administración. 

    Tratamiento contable según el momento en que se reconoce la deuda

    El registro contable cambia según el periodo al que correspondan los intereses y la información disponible cuando se formularon las cuentas. Los intereses generados durante el ejercicio actual se reconocen como un gasto financiero en la cuenta de pérdidas y ganancias. 

    El tratamiento es diferente cuando los intereses pertenecen a ejercicios anteriores. Si la empresa debió reconocer una provisión en su momento y omitió ese registro, existe un error contable. La corrección se realiza con cargo a reservas, ya que afecta a resultados que tendrían que haberse reconocido en periodos previos.

    Puede ocurrir que el importe se conozca posteriormente como consecuencia de nueva información o de una resolución que modifique la estimación inicial. En ese supuesto, el ajuste se lleva a las cuentas del subgrupo 66, incluso cuando una parte de los intereses se haya generado en años anteriores.

    La deuda o provisión también debe clasificarse según su vencimiento. Cuando el pago se espera dentro de los doce meses siguientes, se presenta en el pasivo corriente. Si el vencimiento supera ese plazo, se refleja como una deuda o provisión a largo plazo.

    Cómo operan los límites de deducción en la práctica

    Los intereses de demora se incorporan al conjunto de los gastos financieros netos de la entidad, por eso, el límite fiscal no se calcula únicamente sobre la cantidad satisfecha a Hacienda. Para determinar si existe un exceso deben considerarse también los demás costes financieros. Después se descuentan los ingresos procedentes de la cesión a terceros de capitales propios que computen a estos efectos.

    La parte que no pueda deducirse en el ejercicio puede trasladarse a los períodos impositivos siguientes. Se aplicará cuando exista capacidad suficiente, junto con los gastos financieros generados en esos años. La empresa debe llevar un control extracontable detallado para conocer qué cantidades permanecen pendientes y de qué ejercicio procede cada una. 

    Existe además una capacidad de deducción que puede aprovecharse en años posteriores. Cuando los gastos financieros netos quedan por debajo del límite calculado sobre el beneficio operativo, la diferencia puede añadirse al límite de los cinco periodos impositivos inmediatos y sucesivos. Esta regla puede resultar especialmente útil para empresas cuyos resultados fluctúan de forma significativa entre ejercicios.

    El seguimiento debe realizarse año a año. La empresa tendrá que distinguir entre los gastos pendientes y la capacidad adicional que todavía puede utilizar. Son dos magnitudes diferentes y cada una sigue sus propias reglas.

    Comprobaciones antes de cerrar el Impuesto sobre Sociedades

    Antes de presentar la declaración conviene conciliar la información contable con la liquidación tributaria. El primer paso consiste en comprobar que la cuota y los intereses se han registrado por separado. La posible sanción también debe aparecer diferenciada. Después debe verificarse el ejercicio de devengo y decidir si el reconocimiento corresponde a resultados del año o a reservas.

    La inscripción contable es un requisito esencial para la deducción. Cuando un gasto se contabiliza en un ejercicio posterior al que le correspondería, la Ley permite imputarlo fiscalmente en el periodo del registro siempre que ello no genere una tributación inferior a la que habría resultado aplicando correctamente el criterio de devengo. Esta comprobación obliga a comparar ambos escenarios antes de incluir el gasto en la base imponible.

    También debe actualizarse el cuadro de gastos financieros pendientes. En él deberían figurar los importes no deducidos en años anteriores. La capacidad adicional acumulada necesita un apartado propio, al igual que la cantidad aplicada durante el ejercicio.

    Este seguimiento evita que las deducciones queden olvidadas y permite justificar los ajustes incluidos en la declaración. Además, facilita la planificación de ejercicios posteriores cuando la empresa espera mejorar su beneficio operativo.