Mejoras en la reserva de capitalización
Patrick2024-09-13T09:32:59+00:00A partir de 2024, la reducción por reserva de capitalización ha aumentado del 10 al 15%. Además, el incremento de los fondos propios sobre el que se calcula la reducción sólo deberá mantenerse durante tres años.
Mayor porcentaje de reducción
Reserva de capitalización hasta 2023, el 10%.
Si su empresa se ha acogido al incentivo de la “reserva de capitalización” en 2023 o en algún ejercicio anterior, habrá podido reducir la base imponible de su Impuesto sobre Sociedades (IS) hasta en un 10% de la cuantía en la que haya incrementado sus fondos :
- Dicho incremento es la diferencia positiva entre los fondos propios al cierre del ejercicio –sin incluir sus resultados– y los fondos propios al inicio, sin los beneficios del ejercicio anterior.
- En este cálculo no debe tener en cuenta como fondos propios –entre otras partidas– ni las aportaciones de los socios, ni las ampliaciones de capital o fondos propios por compensación de créditos, ni las reservas legales.
Reserva de capitalización a partir de 2024, el 15%
Pues bien, con efectos para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2024, se ha aprobado que dicho porcentaje de reducción sea del 15% .
Así pues, a partir de ahora será aún más interesante para su empresa declarar un mayor resultado contable, de forma que el incremento de sus fondos propios sea más elevado y, en consecuencia, pueda disfrutar de una mayor reducción en su IS.
Si tiene una Pyme: amortización mínima.
Si su empresa es de reducida dimensión (en general lo será si factura menos de diez millones de euros al año), procure contabilizar la mínima amortización posible para así declarar un mayor resultado contable.
¡Esto no le hará tributar de más!
No olvide que, al amortizar los activos que haya adquirido nuevos, su empresa –por ser de reducida dimensión– puede deducirse cada año, como amortización fiscal, hasta el doble de la amortización resultante de aplicar el doble del coeficiente máximo de tablas.
Este importe es deducible con independencia de la amortización contabilizada.
Menor plazo de mantenimiento de la reserva de capitalización
Hasta 2023, cinco años
Por otro lado, para poder consolidar este incentivo, hasta ahora:
- Su empresa debía mantener el incremento de fondos propios sobre el que había calculado la reducción durante los cinco años siguientes al cierre del ejercicio en el que se aplicase el incentivo , salvo que existiesen pérdidas contables (en cuyo caso, aunque disminuyesen los fondos propios, no habría incumplimiento).
- También debía constituir una reserva indisponible igual a la reducción aplicada y mantenerla en el balance durante los cinco años indicados.
A partir de 2024, tres años
Pues bien, a partir de 2024 estos plazos de mantenimiento se reducen a sólo tres años . Con esto se atenúa uno de los principales inconvenientes de este incentivo: la limitación que supone distribuir dividendos o reservas durante el plazo de mantenimiento.
De ahora en adelante, su empresa deberá esperar menos tiempo para realizar estos repartos.
Reserva de capitalización de ejercicios anteriores
Asimismo, tenga en cuenta que esa disminución del plazo de mantenimiento es aplicable también para las reducciones computadas en el ejercicio 2023 y en años anteriores y cuyo plazo de mantenimiento todavía no haya expirado al inicio de 2024.
Así, por ejemplo:
- Si su empresa aplicó la reducción por capitalización en el IS de 2021, tan sólo deberá mantener el incremento de fondos propios y la reserva de capitalización contabilizada hasta que finalice el ejercicio 2024 (en lugar de hasta 2026, que era cuando vencía el plazo de cinco años).
- Si aplicó la reducción en el IS de 2020 o en ejercicio anteriores, ahora ya podrá disponer de la reserva de capitalización y distribuir dividendos o reservas sin perder las reducciones aplicadas en dichos ejercicios.