Cómo saber si una sociedad es patrimonial a efectos del Impuesto sobre Sociedades
Patrick Gordinne Perez2024-07-27T10:26:18+00:00La sociedad patrimonial es un instrumento útil para ahorrar impuestos. Pero, ¿en qué casos tributa por el Impuesto de Sociedades? Se lo contamos en este artículo…
Cuándo una sociedad patrimonial tributa por el Impuesto de Sociedades
Crear una sociedad patrimonial con sus Estatutos tiene sentido cuando una persona o varias cuenta con diversos inmuebles, terrenos o locales. En estos casos, suele resultar más económico hacerlo porque tributa por el Impuesto de Sociedades (IS) al tipo general del 25 %, en vez de hacerlo por el IRPF, que puede ser mayor.
Ahora bien, para que la sociedad patrimonial tribute por el IS, y no por el IRPF, tiene que cumplir una condición. Y es que más de la mitad de los activos sean elementos no afectos a una actividad económica. O, dicho de otra manera, se pueden alquilar a terceros, sí, pero no se pueden alquilar a una sociedad mercantil que pertenezca a uno mismo. Esto tiene excepciones porcentuales, pero esa sería la idea general.
Esta estructura societaria está concebida para aquellas personas que tienen un cierto patrimonio inmobiliario o mobiliario. En caso de que este rinda, es una alternativa inteligente para la gestión. Existen sociedades patrimoniales de tenencia de inmuebles, de uso y disfrute de inmuebles, de arrendamiento o alquiler de inmuebles y de tenencia de valores. El tipo de activos pueden ser distintos, pero la filosofía fiscal es la misma.
Es obvio que las sociedades patrimoniales se utilizan, muchas veces, para percibir rentas de alquileres. Pero estos, si son alquileres residenciales, no se considerarían, necesariamente, afectos a una actividad económica, por poner un ejemplo.
Cómo comprobar que una sociedad patrimonial tributa por el IS
Para que una sociedad patrimonial tribute por el IS y no se considere irregular, hay que cumplir con la condición de que los activos no realicen actividades económicas. ¿Cómo se comprueba?
Puede haber una parte de los activos que se dediquen a actividades económicas, pero nunca más de un 50 %. Para ello, basta con comprobar los ingresos de la sociedad de los últimos cuatro trimestres. Si no se supera este umbral de media, no habrá problema y se podrá liquidar conforme al IS. De lo contrario, correspondería liquidar las ganancias conforme al IRPF.
En este proceso de comprobación, obviamente, se requieren los libros contables que puedan demostrar esta circunstancia, debidamente regularizados. De ahí que sea muy recomendable que un asesor especializado indique la procedencia de constituir la sociedad y, en su caso, que gestione estas cuestiones. Para la mayoría de personas, diferenciar los ámbitos suele ser complejo.
Si usted tiene una propiedad (piso, nave, casa o local) donde realiza una actividad económica o profesional, le convendrá ver si compensa o no incluirla en esta sociedad. En caso negativo, siempre puede disociarlo y dejar el resto de propiedades dentro. Todo dependerá de la cantidad de patrimonio que se posea y del valor que genere este en rentas.
Como saber si es patrimonial
Balances trimestrales
Para saber si los valores y elementos no afectos de su empresa superan el 50% del activo, tome en consideración la media de los balances trimestrales del ejercicio (no el balance a 31 de diciembre).
Y si su empresa es la entidad dominante de un grupo mercantil, considere la media de los balances consolidados (con independencia de que su grupo formule o no cuentas consolidadas).
Recuerde que su empresa debe elaborar balances de comprobación de sumas y saldos al menos trimestralmente, siendo dichos balances los que deben emplearse en esta comprobación.
Dinero y derechos de crédito
Asimismo, al cuantificar si los valores y activos no afectos superan el 50% del activo, no compute entre ellos el dinero y los derechos de crédito procedentes de transmisiones de elementos afectos realizadas en el mismo ejercicio o en los dos anteriores , ni tampoco el dinero y los derechos de crédito que provengan del desarrollo ordinario de su actividad económica .
Vea un ejemplo a continuación.
Ejemplo de sociedad patrimonial
Su empresa dispone de maquinaria y otros activos afectos por valor de 150.000 euros y en los últimos cuatro años ha acumulado una tesorería de 300.000 euros. Pues bien, en el IS de 2023 su empresa puede ser patrimonial dependiendo de la procedencia de dicha tesorería:
- Caso 1.Toda la tesorería procede de la actividad habitual de los últimos cuatro años.
- Caso 2.De los 300.000 euros, 262.500 proceden de la venta de activos afectos efectuada en 2020, y 37.500 euros del propio negocio.
- Caso 3.Igual que el caso anterior, pero en este supuesto la venta de los activos se realizó en el ejercicio 2021.
Concepto | Caso 1 | Caso 2 | Caso 3 |
Total activo | 450.000 | 450.000 | 450.000 |
Maquinaria y otros | 150.000 | 150.000 | 150.000 |
Tesorería afecta | 300.000 (1) | 37.500 | 300.000 (3) |
Tesorería no afecta | – | 262.500 (2) | – |
¿Es patrimonial en 2023? | No | Sí | No |
Como toda la tesorería la ha generado el propio negocio, sigue estando afecta en el futuro (sin que exista un límite temporal que haga cambiar esta consideración).
Para evitar que esta tesorería se compute como no afecta, en 2023 debería haber sido reinvertida en activos afectos a la actividad, o bien haberse repartido entre los socios como dividendo. Al representar el 58,33% del activo, en 2023 la sociedad pasa a ser patrimonial.
Estos 262.500 euros de tesorería dejarán de estar afectos a la actividad en 2024.
Desventaja de tener una sociedad patrimonial
Su empresa puede verse perjudicada si le es de aplicación dicho régimen, ya que perderá ventajas fiscales importantes.
Así, por ejemplo:
- No podrá disfrutar de los incentivos de las empresas de reducida dimensión (amortización acelerada, reserva de nivelación…).
- Si se ha constituido recientemente, en los dos primeros ejercicios con beneficios (los cuatro primeros si se trata de una start-up ) no tendrá derecho al tipo reducido del 15%.
- Si entre los socios de la empresa hay otras sociedades y éstas venden sus participaciones, tendrán limitaciones al aplicar el incentivo de la exención por doble imposición en su IS.
En resumen...
Una sociedad patrimonial debe cumplir unos requisitos ante la legislación para aprovechar las ventajas fiscales que ofrece. En Asesoría Orihuela Costa ofrecemos un servicio de asesoría integral para particulares y empresas. ¡Contáctenos y le informamos!