La actividad de los influencers, youtubers, streamers y creadores de contenido digital se ha consolidado como una forma real de generar ingresos. Lo que empieza como un hobby en redes sociales puede convertirse en una actividad económica cuando aparecen ingresos recurrentes por publicidad, colaboraciones con marcas, suscripciones, monetización de plataformas o aportaciones de seguidores.
En ese momento, el creador de contenido debe plantearse una cuestión clave: ¿cómo tributan los ingresos de un influencer en España?
La respuesta no depende solo de la plataforma utilizada, sino de la naturaleza de los ingresos, de si existe actividad económica, de quién paga y de si el servicio está sujeto a IVA o retención. En este artículo explicamos los puntos principales desde el punto de vista fiscal.
Artículo actualizado en junio de 2026.
Resumen rápido: cómo tributan los influencers
| Ingreso o gasto | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Colaboraciones con marcas | Actividad económica. Factura, posible IVA y retención. |
| Monetización de plataformas | Ingreso de actividad económica en IRPF. |
| Suscripciones | Ingreso de actividad económica. |
| Donativos o propinas | Se declaran en IRPF. Normalmente sin IVA si no hay contraprestación concreta. |
| Gastos de cámara, software o web | Deducibles si están vinculados, justificados y registrados. |
¿Cuándo un influencer realiza una actividad económica?
Un creador de contenido puede empezar publicando vídeos, fotografías, reseñas o directos sin intención empresarial. Sin embargo, cuando esa actividad comienza a generar ingresos de forma organizada o recurrente, Hacienda puede entender que existe una actividad económica.
Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando el influencer recibe ingresos por:
- Suscripciones de seguidores que pagan una cuota por contenido exclusivo.
- Promoción o recomendación de productos y servicios de terceros.
- Monetización procedente de plataformas digitales.
- Donativos, propinas o aportaciones recibidas a través de medios como PayPal, Bizum, Patreon u otros sistemas similares.
- Colaboraciones con marcas, agencias o empresas.
La clave no está solo en el número de seguidores, sino en la existencia de ingresos vinculados a una actividad profesional o económica desarrollada de forma organizada.
Alta en Hacienda: declaración censal e IAE
Cuando un influencer obtiene ingresos por su actividad, debe analizar si corresponde darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores mediante la correspondiente declaración censal.
En la práctica, esto se realiza mediante los modelos censales correspondientes, normalmente el modelo 036 o el modelo simplificado cuando proceda.
Uno de los puntos que más dudas genera es el epígrafe del IAE aplicable a los influencers. Actualmente no existe un epígrafe único y específico para todos los creadores de contenido digital, por lo que hay que analizar la actividad concreta.
En función de cómo se desarrolle la actividad, pueden aparecer distintas clasificaciones, entre ellas:
- Grupo 869 de la sección segunda: otros profesionales relacionados con actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera. Puede encajar en actividades desarrolladas por cuenta propia y de forma personal como creador de contenido digital.
- Epígrafe 961.1: producción de películas cinematográficas, incluso vídeos. Puede ser relevante cuando la actividad se centra en la producción de vídeos.
- Otros encuadres pueden ser necesarios si la actividad tiene un componente fotográfico, publicitario, artístico, formativo o empresarial distinto.
Por tanto, el epígrafe no debe elegirse de forma automática. Conviene revisar el tipo de contenido, la forma de monetización y la relación con las marcas o plataformas.
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Solicita una consulta con nuestra asesoría fiscal.IRPF: los ingresos tributan como actividad económica
Los ingresos de los influencers deben declararse en el IRPF como rendimientos de actividades económicas cuando proceden del desarrollo de su actividad.
Esto significa que el rendimiento no se calcula únicamente sobre lo cobrado, sino sobre la diferencia entre:
Ingresos obtenidos menos gastos fiscalmente deducibles.
Por tanto, un creador de contenido no tributa por la facturación bruta, sino por el rendimiento neto de la actividad, siempre que los gastos estén correctamente justificados y relacionados con la actividad.
En general, la determinación del rendimiento se realiza en estimación directa, ya sea normal o simplificada según el caso.
¿Qué ingresos debe declarar un influencer?
Un influencer debe declarar todos los ingresos vinculados a su actividad económica. Entre los más habituales se encuentran:
1. Ingresos por colaboraciones con marcas
Son los ingresos que recibe por promocionar productos, servicios, experiencias o campañas comerciales. Pueden proceder directamente de una empresa, de una agencia de publicidad o de una plataforma intermediaria.
2. Ingresos por monetización de plataformas
Incluye los pagos recibidos por visualizaciones, publicidad, programas de creadores, suscripciones, directos o sistemas de reparto de ingresos de plataformas digitales.
3. Suscripciones de seguidores
Cuando los seguidores pagan una cuota para acceder a contenido exclusivo, ese ingreso forma parte de la actividad económica del creador.
4. Donativos o propinas de seguidores
Los donativos, propinas o aportaciones voluntarias recibidas por el influencer como apoyo a su actividad también deben declararse. Si se reciben por el desarrollo de la actividad de creación de contenido, deben tributar en el IRPF como rendimientos de actividades económicas.
Este punto es importante: no deben ignorarse por el simple hecho de que el pago lo realice un seguidor y no una empresa.
Gastos deducibles para influencers
Uno de los aspectos más importantes para tributar correctamente es identificar qué gastos pueden deducirse.
Un gasto solo será fiscalmente deducible si cumple tres condiciones básicas:
- Está relacionado con la actividad.
- Está correctamente justificado mediante factura o documento válido.
- Está registrado en los libros o contabilidad correspondiente.
Entre los gastos que pueden ser deducibles para un influencer, siempre que estén vinculados a la actividad, encontramos:
Diseño y mantenimiento de página web
Si el creador dispone de una web, blog o plataforma propia, pueden ser deducibles los gastos de diseño, mantenimiento, alojamiento, dominio o servicios técnicos relacionados.
Programas de edición y herramientas digitales
También pueden ser deducibles los programas de edición de vídeo, edición de fotografía, herramientas de diseño, software de gestión de redes sociales o aplicaciones necesarias para crear contenido.
Equipos informáticos y audiovisuales
Ordenadores, cámaras, micrófonos, iluminación, trípodes, accesorios de grabación y otros elementos necesarios para producir contenido pueden deducirse según corresponda.
En muchos casos no se deducen íntegramente en el momento de la compra, sino mediante amortización, especialmente cuando son bienes de inversión.
Productos analizados en los contenidos
Si el creador compra productos para analizarlos, compararlos o utilizarlos en contenidos concretos, puede plantearse su deducibilidad siempre que exista una relación clara con la actividad y una justificación adecuada.
Colaboradores y profesionales externos
También pueden ser deducibles los honorarios de otros profesionales que colaboren en la actividad, como editores de vídeo, fotógrafos, diseñadores, expertos entrevistados, asesores técnicos o profesionales de apoyo.
La reducción del 20% por inicio de actividad
Cuando un influencer inicia una actividad económica y determina su rendimiento neto por estimación directa, puede tener derecho a una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo en el primer periodo impositivo en que dicho rendimiento sea positivo y en el periodo impositivo siguiente.
Esta reducción puede ser relevante para nuevos creadores que empiezan a monetizar su actividad y obtienen beneficios por primera vez.
No obstante, debe analizarse caso por caso, porque no siempre se cumplen todos los requisitos.
Retenciones: cuándo una empresa debe retener
Cuando el influencer presta servicios profesionales a una empresa, la empresa pagadora puede estar obligada a practicar retención sobre la factura.
Con carácter general, la retención profesional es del 15%. En determinados casos de inicio de actividad profesional, puede aplicarse un tipo reducido del 7% durante el año de inicio y los dos siguientes, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
Ejemplo práctico:
Un influencer factura a una empresa española por una campaña publicitaria. Si la operación está sujeta a retención, la empresa pagará al influencer el importe neto de la factura y declarará la retención practicada ante Hacienda.
Por eso es importante emitir correctamente las facturas y revisar si la operación lleva IVA, retención o ambas cosas.
IVA: regla general del 21%
Los servicios prestados por influencers y creadores de contenido están sujetos, con carácter general, al IVA del 21% cuando se trata de servicios prestados a título oneroso y localizados en territorio de aplicación del impuesto.
Esto afecta, por ejemplo, a campañas publicitarias, promociones, contenidos patrocinados o servicios prestados a empresas.
Por tanto, el influencer debe emitir factura con IVA cuando corresponda.
Ejemplo simplificado:
Si un creador de contenido cobra 1.000 euros por una colaboración con una empresa española, la factura podría incluir 1.000 euros de base imponible más 210 euros de IVA, siempre que la operación esté sujeta y no exista una regla especial aplicable.
¿Los donativos de seguidores llevan IVA?
Los donativos o propinas de seguidores tienen un tratamiento diferente.
Si no existe una cuantía fija, no hay una contraprestación concreta y el importe es decidido libremente por el seguidor, esos donativos no se consideran el pago de un servicio concreto. En ese caso, no están sujetos a IVA.
Ahora bien, aunque no lleven IVA, deben analizarse desde el punto de vista del IRPF si se reciben por el desarrollo de la actividad del influencer.
Este punto es una fuente habitual de errores: que un ingreso no lleve IVA no significa que no deba declararse.
Errores frecuentes en la fiscalidad de influencers
Muchos creadores de contenido empiezan a generar ingresos sin tener una estructura fiscal clara. Algunos errores habituales son:
No darse de alta cuando ya hay ingresos recurrentes
Si existe una actividad económica, el creador debe revisar su situación censal. Esperar a que los ingresos sean elevados puede generar problemas si Hacienda detecta pagos recibidos de plataformas o empresas.
No emitir factura a empresas
Las colaboraciones con marcas o agencias suelen exigir factura. No emitirla correctamente puede provocar errores en IVA, retenciones e ingresos declarados.
Confundir ingresos personales con ingresos de actividad
Los pagos recibidos por monetización, suscripciones, colaboraciones o propinas vinculadas al canal no deben tratarse como simples ingresos personales.
Deducir gastos sin relación clara con la actividad
No todo lo que compra un influencer es deducible. Para deducir un gasto debe existir una conexión real con la actividad, documentación adecuada y registro correcto.
No controlar ingresos de varias plataformas
Un creador puede cobrar de distintas fuentes: YouTube, Instagram, TikTok, Twitch, Patreon, agencias, marcas o seguidores. Todos esos ingresos deben revisarse de forma conjunta.
Fiscalidad para influencers en Orihuela Costa, Torrevieja y Alicante
La fiscalidad de los creadores de contenido puede parecer sencilla al principio, pero se complica cuando hay varias plataformas, ingresos internacionales, campañas con marcas, donativos, pagos en especie, gastos tecnológicos o facturas con retención.
En Asesoría Orihuela Costa ayudamos a profesionales, autónomos y emprendedores digitales a organizar su fiscalidad de forma correcta, con un enfoque práctico y continuado.
Nuestro servicio está dirigido a creadores de contenido que necesitan una asesoría fiscal recurrente, no solo una gestión puntual. Analizamos la actividad, el alta censal, el epígrafe adecuado, la facturación, el IVA, el IRPF, los gastos deducibles y las obligaciones periódicas.
Trabajamos con clientes en Orihuela Costa, Torrevieja, Pilar de la Horadada, San Miguel de Salinas, Guardamar, Alicante y también con profesionales que trabajan online desde otras zonas de España.
Conclusión
Los influencers y creadores de contenido deben tratar sus ingresos como una verdadera actividad económica cuando monetizan su trabajo de forma recurrente.
En términos generales:
- Deben revisar su alta censal en Hacienda.
- Deben elegir correctamente el epígrafe IAE según la actividad real.
- Deben declarar sus ingresos en el IRPF como rendimientos de actividades económicas.
- Pueden deducir gastos relacionados con la actividad si están justificados y registrados.
- Las facturas a empresas pueden llevar retención.
- Los servicios suelen estar sujetos al IVA general del 21%.
- Los donativos o propinas de seguidores pueden no llevar IVA si no son contraprestación de un servicio concreto, pero deben analizarse en IRPF.
La mejor forma de evitar problemas es organizar la actividad desde el principio y contar con una asesoría fiscal que entienda cómo funcionan los ingresos digitales.
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Preguntas frecuentes sobre la tributación de influencers
¿Un influencer tiene que darse de alta en Hacienda?
Sí, cuando la actividad genera ingresos vinculados a una actividad económica, debe revisarse el alta censal en Hacienda mediante la declaración correspondiente.
¿Qué epígrafe IAE corresponde a un influencer?
No existe un único epígrafe específico para todos los influencers. Puede variar según la actividad concreta. En muchos casos puede analizarse el grupo 869 de la sección segunda, aunque también pueden aparecer otros epígrafes como el 961.1 si la actividad se centra en producción de vídeos.
¿Los ingresos de YouTube, Instagram o plataformas similares se declaran?
Sí. Si proceden de la monetización de la actividad, deben declararse como ingresos de la actividad económica.
¿Un influencer tiene que aplicar IVA?
Con carácter general, los servicios prestados por influencers están sujetos al IVA del 21% cuando corresponde repercutir IVA según las reglas del impuesto.
¿Las propinas o donativos de seguidores llevan IVA?
Si son aportaciones voluntarias, sin precio fijo y sin contraprestación concreta, no están sujetas a IVA. No obstante, deben analizarse en el IRPF si se reciben por el desarrollo de la actividad.
¿Qué gastos puede deducirse un creador de contenido?
Puede deducir gastos relacionados con la actividad, justificados y registrados, como software de edición, web, equipos de grabación, ordenadores, cámaras, micrófonos o profesionales colaboradores.
¿Las empresas deben practicar retención al influencer?
Cuando el influencer presta servicios profesionales a una empresa, puede existir obligación de practicar retención. Con carácter general, la retención profesional es del 15%, aunque puede ser del 7% en determinados casos de inicio de actividad.
¿Asesoría Orihuela Costa lleva la fiscalidad de influencers?
Sí. Podemos llevar la gestión fiscal continuada de creadores de contenido, autónomos digitales y profesionales que obtienen ingresos por redes sociales, plataformas, marcas o contenido online.

