Si eres propietario de una vivienda en Orihuela Costa, Torrevieja o cualquier parte de la Costa Blanca, es muy probable que hayas considerado alquilarla en plataformas como Airbnb o Booking.com. Es una forma excelente de rentabilizar tu inversión.
Sin embargo, aquí es donde surge la gran duda: ¿cómo declaro esos ingresos en España si soy no residente?
Existe una creencia errónea de que, al no vivir aquí, no es necesario declarar. Esto es un grave error. La Agencia Tributaria (Hacienda) tiene acuerdos con Airbnb y Booking (a través del Modelo 179) y sabe exactamente quién está alquilando y cuánto está ingresando.
Como asesores fiscales especializados en fiscalidad de no residentes, esta es una de las consultas más críticas que recibimos. Una mala gestión de sus impuestos puede llevar a inspecciones y sanciones graves.
En esta guía te explicamos, paso a paso, cómo declarar legalmente tus ingresos de alquiler turístico en España como no residente.
1. La Clave: El Impuesto (IRNR) y el Formulario (Modelo 210)
Olvídate de la «Declaración de la Renta» (IRPF) que hacen los residentes. Tu impuesto es el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes).
Cualquier ingreso que generes en territorio español, como el de un alquiler en Orihuela Costa, debe tributar aquí mediante el Modelo 210.
Y aquí viene el primer detalle importante: desde el 2024 el Modelo 210 se presenta una vez al año, hasta el 20 de enero del año siguiente.
Ojo, hasta el 2023 se presentaba trimestralmente.
Primer Trimestre (Ene-Mar): Se presenta hasta el 20 de abril.
Segundo Trimestre (Abr-Jun): Se presenta hasta el 20 de julio.
Tercer Trimestre (Jul-Sep): Se presenta hasta el 20 de octubre.
Cuarto Trimestre (Oct-Dic): Se presenta hasta el 20 de enero.
| Situación Fiscal | Presentación Anterior (Hasta 2023) | Presentación Actual (Desde 2024) |
| Alquileres (Modelo 210) | Trimestral (si se obtenían rentas) | Anual |
| Renta Imputada (Días Vacíos) | Anual | Anual |
2. La Pregunta del Millón: ¿Residente en la UE o Fuera de la UE?
Este es el punto más importante y el que determina cuánto vas a pagar. Desde el Brexit, hemos visto cómo esta distinción ha afectado drásticamente a miles de propietarios británicos.
La ley diferencia si tu residencia fiscal está en la Unión Europea (UE) o en un país del Espacio Económico Europeo (EEE), o si está fuera.
Caso A: Eres Residente en la UE o EEE (Ej. Alemania, Bélgica, Francia, Irlanda)
Estás de suerte. Puedes deducirte una gran cantidad de gastos proporcionales al tiempo que la vivienda ha estado alquilada.
¿Qué gastos puedes deducir? Intereses de la hipoteca, el IBI, la comunidad de propietarios, gastos de limpieza, facturas de internet, luz y agua, publicidad, comisiones de Airbnb/Booking, gastos de reparaciones, pintura, seguros, amortizaciones, etc.
- Es muy importante saber que solo se puede deducir los gastos por los días que alquila.
¿Cuánto pagas? Pagas el 19% sobre el beneficio neto (Ingresos – Gastos Deducibles).
Caso B: Eres Residente Fuera de la UE/EEE (Ej. Reino Unido, EE.UU., Canadá)
Esta es la situación más desfavorable, y la que afecta a todos los británicos post-Brexit, Estado unidenses, Canadienses, America latina,etc.
¿Qué gastos puedes deducir? NINGUNO. No se permite la deducción de ningún gasto.
¿Cuánto pagas? Pagas el 24% sobre el ingreso bruto total.
Como puedes ver, la diferencia es abismal. Un propietario alemán y uno británico con los mismos ingresos por Airbnb en Orihuela Costa pagarán cantidades de impuestos radicalmente distintas.
3. El Error Más Común: ¿Qué pasa los días que no está alquilado?
Aquí es donde Hacienda «pilla» a la mayoría de los no residentes.
Muchos piensan: «Este año no he alquilado, así que no presento nada». ¡Error!
La ley española dice que un no residente debe pagar impuestos por su propiedad incluso si está vacía. Este impuesto se llama «renta imputada».
Por tanto, tu obligación fiscal se divide en dos:
Por los días que está alquilado: Presentas el Modelo 210 anualmente (con el 19% o 24%, como vimos antes). hasta el 20 de enero del año siguiente.
Por los días que está vacío (a tu disposición): Debes presentar otro Modelo 210 también de forma anual (normalmente durante el año siguiente) pagando la «renta imputada»hasta el 31 de diciembre.
Si no lo alquilas en todo el año, solo presentas el anual de renta imputada. Si lo alquilas todo el año, solo presentas luna declaración . La mayoría de la gente hace ambas cosas.
Resumen: ¿Es complicado declarar Airbnb como no residente?
Sí, lo es. Requiere un control anual, entender qué gastos son deducibles (solo si eres de la UE), y no olvidar la declaración anual por los días vacíos.
Intentar hacerlo por tu cuenta sin ser un experto fiscal es arriesgado. Las sanciones por no presentar el Modelo 210 o hacerlo incorrectamente son altas, y Hacienda está intensificando las inspecciones sobre alquileres turísticos.
Extra: un error desconocido, pero muy importante
Sabías que si no resides en España, cuando abres una cuenta en un banco español abren la cuenta con tu pasaporte o tu DNI extranjero no residente y no lo abren con tu NIE?
Hemos tenido el caso de muchos clientes que le hemos domiciliado el impuesto de no residente en su cuenta y el banco no lo ha pagado porque no estaba el NIE del cliente informado en la cuenta y el banco ha rechazado la domiciliación por esta no coincide con los datos del titular de la cuenta. Es un error muy común y el banco no quiere hacerse responsable.
Siempre siempre dígale a su Banco que informe de NIE en la cuenta.
¿Necesitas ayuda con tus declaraciones de alquiler en Orihuela Costa?
En Asesoría Orihuela Costa, somos economistas y asesores fiscales expertos en la gestión del Modelo 210 para propietarios no residentes. Nos encargamos de todo el proceso, optimizamos tus declaraciones para que pagues solo lo justo y te damos la tranquilidad de saber que cumples rigurosamente con Hacienda.
No dejes que una gestión fiscal incorrecta arruine la rentabilidad de tu inversión. Contacta con nosotros hoy mismo y asegúrate de que tus alquileres de Airbnb están en buenas manos.


