A la hora de emitir facturas a empresas y otros autónomos se debe aplicar la retención del IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) que es del 15%. Sin embargo, las personas que se han dado de alta como autónomo pueden disfrutar de una retención al 7% durante los primeros dos años siempre que se cumplan una serie de condiciones.
A quien se le debe retener
En general se debe retener a los profesionales.
De manera muy simplificada un profesional es una persona con capacidades específicas ( aquí entran todo lo que tiene titulo universitario) para desarrollar una actividad cualificada como profesional para una empresa o autónomo.
Ejemplo de profesionales:
- Un medico
- Un arquitecto
- Un abogado
- Un economista
- Un agente inmobiliario
- Un notario
- Un ingeniero
¿Qué rendimientos están sujetos a retención?
Los rendimientos de actividades de autónomos profesionales esta sujetos a retención.
También los rendimientos agricoles y forestales y algunos rendimientos en estimación objetiva.
¿Qué es la retención del IRPF reducida del 7%?
Uno de los conceptos que no deben faltar en cualquier factura es la retención del IRPF y cuando el cliente sea otro autónomo o una empresa.
No se aplica nunca la retención cuando la factura es a un cliente particular, como tampoco cuando se trata de una factura intracomunitaria.
Como ya hemos adelantado anteriormente, la retención que se debe aplicar es del 15%, que es el IRPF general, salvo en los siguientes casos: avicultura y engorde porcino, al 1%, y actividades forestales, agrícolas y demás actividades ganaderas, al 2%.
Tampoco se adhieren a la retención del IRPF general los autónomos en el sistema de objetivo que estén bajo el epígrafe 722 (Transporte de mercancías por carretera) o el 755 (Servicios de mudanza), ya que en su caso aplicarán un 1% de retención en sus facturas.
Ahora bien, los autónomos que se han dado de alta durante el año por primera vez, y los dos años siguientes completos restantes se aplicaran la retención del 7%.
Es importante tener en cuenta que no son tres años completos sino dos completos y el tiempo restante que quede hasta el final de año cuando se da de alta.
Requisitos para aplicar la retención reducida.
Para poder disfrutar de esta bonificación es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
• No haber estado dado de alta como autónomo durante el año anterior.
• Se debe comunicar a los clientes que estás acogido a la retención al 7%.
Para comunicar de forma efectiva a tus clientes que te vas a acoger el 7% deberás indicar en la comunicación que les envíes tus datos identificativos y la fecha en la que te diste de alta en la actividad, de manera que acredites que cumples con todos los requisitos.
Es importante no olvidar esto ya que si no se hace, aunque los clientes hayan recibido la factura con un 7%, tienen obligatoriamente que retener un 15%.
¿Cuándo me interesa aplicar la retención reducida?
Es importante remarcar que la reducción de la retención del IRPF no es obligatoria.
No en todos los casos puede que merezca la pena.
De hecho, es posible que si tus ingresos son altos no sea muy recomendable que te acojas a esta deducción.
Esta reducción al 7% no es la única ventaja con la que cuentan los nuevos autónomos. Igualmente disponen de la tarifa plana de 60 euros para autónomos de la Seguridad Social, lo que reduce considerablemente la cuota de cotización y hace más fácil comenzar a ser autónomo para los nuevos trabajadores.
Para saber si realmente te merece la pena o no lo primero que hay que saber es que este IRPF reducido no es una bonificación sino que es una reducción del dinero que tienes que adelantar a Hacienda por tus rentas.
Es decir , con el 7% te retienen menos en la factura pero después tendrás que pagar lo que te corresponda.
En este sentido sí que merece la pena para aquellos autónomos que acaban de comenzar a trabajar y que, al no tener demasiados ingresos durante estos primeros pasos, la retención del 7% del IRPF les supone una mayor liquidez.
Ahora bien, si estás ganando mucho dinero y solo has adelantado a Hacienda el 7%, te llevarás una sorpresa a la hora de pagar los impuestos porque, claro está, al haber adelantado poco dinero a la AET, a la hora de hacer la declaración de la renta el pago será mucho mayor porque has adelantado poco.
En este sentido, la deducción del IRPF supone una gran ayuda para impulsar la actividad de los nuevos emprendedores pero si tu negocio tiene éxito desde el principio no será necesaria ni recomendable efectuar dicha reducción.
¿Quien esta obligado a retener?
El pagador empresa o autónomo es el obligado a retener no el profesional .
Es decir , es el pagador el obligado a ingresar la retenciones del profesional a través del modelo 111.
Lógicamente una persona que no este dado de alta no puede retener a un profesional.
Consideraciones adicionales sobre la retención del IRPF en actividades profesionales
Cuando se emiten facturas con retención de IRPF, es fundamental entender que esta retención no afecta al importe total de la factura, sino que es una parte del pago que se adelanta a Hacienda en nombre del autónomo. En este sentido, si bien la retención puede parecer una deducción importante, es importante aclarar que no es un gasto definitivo, sino una anticipación. El porcentaje de la retención dependerá del tipo de actividad que se desarrolle, y debe estar claramente reflejada en el epígrafe correspondiente del IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Esto puede variar dependiendo de la naturaleza del trabajo que se realice, y aunque la normativa establece tipos fijos para algunas actividades, siempre es recomendable que el autónomo consulte su epígrafe en la Agencia Tributaria para asegurarse de que aplica la retención correcta.
Por ejemplo, los autónomos que presten servicios de asesoría fiscal o legal pueden estar sujetos a una retención distinta al 7% o al 15%. Además, ciertas actividades tienen excepciones o regímenes especiales, como es el caso de los autónomos dedicados a la avicultura, engorde porcino o actividades agrícolas y forestales. Es crucial mantenerse informado sobre las normativas vigentes para evitar errores en la facturación y posibles sanciones por parte de Hacienda.
Cómo afecta la retención del IRPF a la declaración anual de la renta
Es importante tener en cuenta que la retención del IRPF que se aplica en las facturas no significa que el autónomo quede exento de pagar impuestos al final del año. Esta retención es simplemente un adelanto sobre el total que deberá declarar en su renta anual. En la declaración de la renta, el autónomo debe sumar todos los ingresos y gastos correspondientes al año, y el IRPF retenido a lo largo del ejercicio se descontará de la cantidad que tenga que pagar o devolver.
Por ejemplo, si un autónomo ha facturado durante el año y le han retenido el 7% en cada factura, esta cantidad se deducirá al hacer su declaración anual. Sin embargo, si las retenciones realizadas durante el año son insuficientes en relación con los ingresos que ha obtenido, el autónomo tendrá que abonar la diferencia cuando realice la liquidación con Hacienda. Es común que los autónomos en sus primeros años de actividad no cuenten con una retención suficiente debido a la aplicación del 7% reducido, por lo que la declaración de la renta podría resultar en un pago adicional al final del ejercicio.
¿Cuándo es recomendable no aplicar la retención reducida del 7%?
Aunque la retención del 7% es una ventaja evidente para los nuevos autónomos, no siempre es la mejor opción. La decisión de acogerse a esta reducción dependerá de la situación económica de cada trabajador autónomo. Si bien los primeros años de actividad pueden no generar ingresos elevados, algunos autónomos pueden considerar que el hecho de adelantar menos dinero a Hacienda puede generarles un problema en el futuro. Esto es especialmente cierto en el caso de autónomos que tienen expectativas de crecimiento rápido o que desean evitar un pago excesivo al realizar su declaración de la renta.
Por ejemplo, un autónomo que se ha dado de alta en enero y ha estado trabajando todo el año podría tener un 7% de retención sobre sus facturas, lo que significa que solo ha estado adelantando una pequeña parte de sus futuros impuestos. Si al final del año sus ingresos han sido elevados, el monto que tendrá que pagar en la declaración de la renta será considerablemente mayor porque solo se ha adelantado un porcentaje pequeño.
En estos casos, podría ser recomendable no acogerse a la retención reducida para evitar el «shock fiscal» que se experimenta al final del año, donde la deuda tributaria puede ser alta y el autónomo no ha adelantado suficiente dinero a Hacienda para cubrirla. Si el autónomo prefiere una mayor estabilidad financiera, podría considerar optar por la retención estándar del 15%.
Consecuencias fiscales y posibles sanciones por no aplicar correctamente la retención
Un error común entre los autónomos es no aplicar la retención adecuada o no informar correctamente a los clientes sobre la retención del IRPF. Si un autónomo se acoge al 7% de retención, pero no informa debidamente a sus clientes, estos últimos estarán obligados a realizar una retención del 15% en lugar del 7%. En este sentido, el autónomo puede encontrarse con un desfase entre lo que esperaba recibir y lo que realmente le han retenido, lo que puede generar problemas financieros y fiscales.
En caso de que un cliente no aplique la retención correcta o no ingrese la cantidad correspondiente a la Agencia Tributaria a través del modelo 111, el autónomo no se verá directamente afectado, pero sí podría haber implicaciones para el cliente si Hacienda realiza una auditoría. En cambio, si es el autónomo quien no comunica correctamente su retención reducida o comete errores en sus declaraciones, puede enfrentarse a sanciones o recargos por parte de la Agencia Tributaria.
Además, el incumplimiento de los requisitos establecidos para aplicar la retención del 7% (como no haber estado dado de alta el año anterior o no comunicar adecuadamente la retención a los clientes) podría dar lugar a la pérdida de este beneficio. En este caso, Hacienda podría exigir el pago de la diferencia con intereses de demora y posibles sanciones. Es importante que los autónomos cumplan con los procedimientos establecidos y mantengan un control riguroso de sus facturaciones y comunicaciones con sus clientes.


