¿Qué es la prorrata del IVA y cómo se calcula?
Patrick2024-08-06T05:51:39+00:00La prorrata del IVA es un mecanismo utilizado para determinar el porcentaje de deducción del Impuesto al Valor Añadido (IVA) que una empresa puede realizar en sus compras, en base a la proporción de actividades gravadas y no gravadas que realiza.
Introducción: Entendiendo el concepto de prorrata del IVA
El cálculo de la prorrata se realiza dividiendo el importe total de las operaciones gravadas por el importe total de las operaciones realizadas, tanto gravadas como no gravadas. Este resultado se multiplica por 100 para obtener el porcentaje de prorrata.
¿Es normal no? Si repercutes o cobras iva te podrás deducir el Iva que has pagado, pero si no repercutes o coras iva no te podrás deducir ese iva que has pagado.
En conclusión, no es posible deducir el iva de tus compras si tus ventas no llevan iva. Por eso se hace la regla de la prorrata, para que sea más equitativo. Hay sectores que piensan que si yo no puedo cobrar Iva ¿porque lo tengo que pagar?
Cómo calcular la prorrata del IVA paso a paso
Calcular la prorrata del IVA es un proceso importante para determinar la cantidad de impuesto que se puede deducir en base a los gastos realizados. Este cálculo se utiliza cuando una empresa realiza tanto actividades sujetas al IVA como actividades exentas o no sujetas al impuesto.
El primer paso para calcular la prorrata del IVA es determinar la base imponible, que es el total de los gastos deducibles relacionados con las actividades sujetas al impuesto. Estos gastos pueden incluir compras de bienes o servicios utilizados directamente en la producción de bienes o servicios gravados con IVA.
Una vez que se ha determinado la base imponible, el siguiente paso es calcular el coeficiente de deducción. Este coeficiente representa el porcentaje de las actividades gravadas con respecto a las actividades totales de la empresa. Para calcularlo, se divide el importe total de las operaciones gravadas entre el importe total de las operaciones realizadas por la empresa.
Finalmente, para obtener el cálculo proporcional del IVA, se multiplica el coeficiente de deducción por el importe total del IVA soportado en los gastos deducibles. Esto nos dará la cantidad exacta que se puede deducir como crédito fiscal en relación a los gastos realizados.
Ejemplos prácticos para entender el funcionamiento de la prorrata del IVA
Una empresa realiza tanto actividades sujetas como actividades no sujetas al IVA. Durante un periodo determinado, ha incurrido en gastos por un total de 10.000 euros, de los cuales 6.000 euros corresponden a actividades con IVA y 4.000 euros corresponden a actividades exentas o no sujetas. El tipo impositivo general de IVA es del 21%.
Para calcular la prorrata del IVA, debemos dividir los gastos relacionados con actividades gravadas entre el total de gastos:
Prorrata = Gastos gravados / Total de gastos
En este caso:
Prorrata = 6.000 euros / 10.000 euros = 0,6
Esto significa que el 60% de los gastos totales están relacionados con actividades gravadas con IVA.
Una vez obtenida la prorrata del IVA, podemos aplicarla para determinar el importe deducible del IVA soportado en cada compra:
IVA deducible = Importe factura x Prorrata
Supongamos que se ha recibido una factura por valor de 500 euros para una actividad sujeta al IVA. Aplicando la prorrata calculada anteriormente:
base imponible deducible = 500 euros x 0,6 = 300 euros.
Iva deducible 300 euros x 21% = 63 euros
Por lo tanto, se puede deducir un importe de IVA de 63 euros en esta compra.
Cálculo de la prorrata definitiva
Durante año, las empresas aplican o no la prorrata provisional en sus declaraciones trimestrales.
En la última declaración del año, su empresa ha de calcular la prorrata definitiva y regularizar el IVA que se ha deducido en los trimestres anteriores. Vea algunos aspectos que debe tener en cuenta en estos casos.
Prorrata del iva definitiva
Su empresa efectúa operaciones que le dan derecho a deducir el IVA que soporta y otras que no, tributando en el régimen de prorrata general. De este modo, cada año puede deducirse un porcentaje del IVA que soporta, que se calcula con la fórmula que aparece a continuación.
El porcentaje obtenido se debe redondear a la unidad superior. Así pues, si se obtiene un porcentaje de 82,15%, la prorrata aplicable será del 83%.
Porcentaje de IVA deducible
Ventas con derecho a deducir el IVA / Ventas totales |
No todas
No obstante, tanto en el numerador como en el denominador, sólo deberá computar entregas de bienes o servicios corrientes.
¡Atención! En este sentido, no deberá incluir ventas excepcionales como las siguientes:
- Las entregas de bienes de inversión (los que la empresa utiliza de forma permanente en su actividad, como locales, maquinaria, vehículos, mobiliario, etc.). Si su empresa se dedica a la compra y venta de estos activos, sí que deberá computarlas, ya que se tratará de existencias.
- Los intereses percibidos por préstamos efectuados a otras empresas, siempre y cuando ésta no sea una actividad habitual de la empresa. Por ejemplo, los intereses que recibe una matriz de su filial por un préstamo.
Ejemplo.
Su empresa de dedica al alquiler de locales (actividad que le permite deducirse el IVA que soporta) y de viviendas (actividad que no le da ese derecho), percibiendo unos ingresos de 130.000 y 190.000 euros respectivamente.
Pues bien, si durante el año ha vendido una de las viviendas que tenía alquiladas, el importe de dicha transmisión no se tendrá en cuenta para calcular la prorrata, que acabará siendo del 41%: 130.000 / (130.000 + 190.000).
Regularización de la prorrata del iva
Dado que su empresa no conoce el importe anual de sus operaciones hasta la última declaración de IVA del año, en las declaraciones previas del ejercicio debe aplicar provisionalmente el porcentaje de prorrata del año anterior.
Cuando presente la última declaración del año, deberá sustituir esa prorrata provisional por la definitiva, regularizando las deducciones practicadas en los trimestres anteriores.
Alquiler
Durante los tres primeros trimestres del año, su empresa ha tenido un IVA soportado total de 61.000 euros y ha aplicado de forma provisional la prorrata del año anterior, que fue del 25%.
Vea el IVA que podrá deducirse en el cuarto trimestre si el impuesto soportado en dicho período ha sido de 15.000 euros y el porcentaje de prorrata definitivo del año es del 41%:
Concepto | IVA soportado 4T | Regularización |
IVA soportado | 15.000 | 61.000 |
IVA deducible (41%) | 6.150 | 25.010 |
IVA ya deducido (25%) | – | 15.250 (1) |
IVA a deducir | 6.150 | 9.760 |
1. IVA deducido durante los primeros tres trimestres por aplicación de la prorrata del año anterior (25% x 61.000).
Prorrata especial.
Si su empresa está acogida a prorrata especial, también deberá hacer estos cálculos con relación al IVA soportado en común para las diferentes actividades.
Cuando calcule la prorrata definitiva del año no compute las ventas de bienes de inversión ni los intereses percibidos. Informe de la regularización del IVA deducido en los trimestres anteriores en la casilla correspondiente del modelo 303.