Renuncia a la exención del IVA. Contexto y finalidad de la normativa
admin2025-10-07T12:55:48+00:00La posibilidad de renunciar a la exención del IVA en las transmisiones de inmuebles de segunda mano es el resultado de la adaptación del ordenamiento español a la normativa europea, en particular a la Directiva 2006/112/CE del Consejo relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido. Esta directiva permite que los Estados miembros otorguen a los contribuyentes la opción de someter a gravamen determinadas operaciones inmobiliarias que de otro modo estarían exentas.
La finalidad es evitar distorsiones en la competencia entre operadores económicos, ya que la sujeción a IVA ofrece a las empresas la posibilidad de deducir las cuotas soportadas, algo que no ocurre con otros tributos como el ITP. La normativa busca además favorecer la neutralidad del impuesto, de manera que la carga fiscal no distorsione las decisiones empresariales sobre adquirir o no un determinado inmueble.
En España, esta regulación comenzó a aplicarse con la Ley 37/1992, lo que supuso un cambio significativo en el régimen tributario de las segundas transmisiones de inmuebles. Antes de esta ley, las operaciones inmobiliarias se gravaban mayoritariamente con el ITP, lo que elevaba los costes de inversión y podía desincentivar la compra de activos inmobiliarios para su explotación económica. La introducción de la renuncia a la exención ha tenido un impacto positivo en el mercado, en particular en el segmento de locales comerciales y oficinas, al hacer más atractiva su adquisición por parte de empresarios y profesionales.
Relevancia en la planificación fiscal empresarial
Desde el punto de vista de la planificación fiscal, la renuncia a la exención es una herramienta que puede influir en la estrategia de inversión de una empresa. La decisión de optar por el IVA en lugar del ITP no es únicamente una cuestión de ahorro inmediato, también afecta a la tesorería y al calendario de recuperación del impuesto soportado. En el caso de grandes operaciones inmobiliarias, donde el volumen de IVA puede ser elevado, el hecho de que la deducción se realice en la declaración correspondiente permite a la empresa mejorar su posición de liquidez en el corto plazo si su saldo es a compensar o incluso a devolver. Esta circunstancia es especialmente relevante para sectores como la distribución comercial, la hostelería o la logística, donde la compra de instalaciones supone un componente importante del inmovilizado.
Otra ventaja desde el punto de vista de la planificación es la posibilidad de evitar el coste financiero que representa el ITP, ya que este impuesto se abona de forma inmediata y no genera derecho a devolución ni a compensación. Para empresas que funcionan con márgenes ajustados, el impacto del ITP puede condicionar seriamente la viabilidad de un proyecto de expansión.
La renuncia al IVA es una decisión que suele analizarse en las fases iniciales de negociación, y que en muchas ocasiones se convierte en una condición para el cierre de la operación de compraventa.
Efectos contables y obligaciones de control
La opción por el IVA en lugar del ITP no solo tiene efectos fiscales, sino también contables. En el caso de la autorepercusión del impuesto, la empresa debe reflejar tanto el IVA soportado como el repercutido en sus libros registro, lo que exige un adecuado control documental y la correcta emisión de asientos contables para evitar discrepancias en futuras inspecciones. Además, el hecho de que la operación tribute por IVA puede tener repercusiones en la regularización de bienes de inversión en los años posteriores, ya que si la empresa cambia el destino del inmueble a una actividad exenta, deberá efectuar el ajuste correspondiente y devolver la parte de IVA deducida que ya no resulte procedente.
En la práctica, esto implica que el departamento financiero debe coordinarse con el departamento fiscal y con la asesoría jurídica para asegurar que todos los requisitos formales se cumplen y que la documentación está completa.
La Agencia Tributaria suele prestar especial atención a este tipo de operaciones debido a su impacto económico, por lo que mantener un expediente ordenado, con las comunicaciones de renuncia, la escritura y la factura correctamente emitida, es fundamental para evitar contingencias.
Perspectivas de futuro
En los últimos años, el uso de la renuncia a la exención se ha generalizado en el mercado inmobiliario profesional, especialmente en las operaciones de inversión institucional y en el sector del real estate corporativo.
Los fondos de inversión, las socimis y las empresas de gestión patrimonial utilizan habitualmente esta herramienta para optimizar la fiscalidad de sus adquisiciones. A medida que el mercado se sofistica, es previsible que la Administración Tributaria incremente la supervisión de estas operaciones, lo que obligará a los operadores a extremar el cuidado en el cumplimiento de los requisitos formales.
Otra tendencia emergente es la digitalización de las comunicaciones y el uso de plataformas telemáticas para la preparación y firma de escrituras, lo que puede facilitar que la información relativa a la renuncia quede integrada de manera más segura en el expediente electrónico.
También es posible que en el futuro se revisen los tipos del AJD para adaptarlos a la realidad del mercado y evitar que actúen como un freno a las transacciones, especialmente en comunidades autónomas donde el tipo es más elevado.
En cualquier caso, la renuncia a la exención seguirá siendo una herramienta de gran interés para quienes deseen reducir costes fiscales y mantener la neutralidad del IVA en sus decisiones de inversión.