Todo lo que tiene que saber sobre el modelo 130 de los autónomos
Patrick2024-06-08T08:25:35+00:00El modelo 130 es donde se recoge todos los ingresos de una autonomo o una sociedad civil que está en estimación directa. Es la base de la declaración de la renta de cada año de un autónomo o profesional. Aprenda con nosotros todo lo relacionado del modelo 130.
¿Que es el modelo 130 de un autónomo?
El modelo 130 es una declaración trimestral
Las personas físicas que ejercen una actividad por cuenta propia en estimación directa (ya sea normal o simplificada) deben presentar cada trimestre un pago fraccionado (modelo 130) y declarar los rendimientos de su actividad.
Dichos pagos (a cuenta del IRPF del año en curso) deben presentarse en los siguientes plazos:
- El pago relativo a los tres primeros trimestres del año, entre el día 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre.
- El pago relativo al cuarto trimestre, entre el día 1 y 30 del mes de enero del año siguiente.
El modelo 130 es una declaración Acumulativa
Estas declaraciones son acumulativas. En este sentido, en cada trimestre se deben incluir los ingresos y gastos acumulados desde el inicio del ejercicio.
Por tanto, el rendimiento neto que se declara en el cuarto trimestre es el mismo que se incluirá en la declaración anual del IRPF.
Recuerde que los profesionales que tengan la mayor parte de sus ingresos sujetos a retención del IRPF (ya sea del 15% o del 7%, según el caso) no deben presentar el modelo 130.
En concreto, esto afecta a los profesionales en los que al menos el 70% de los ingresos de su actividad del ejercicio anterior ya estuvieron sujetos retención.
Cálculo del modelo 130 de un autónomo
Una vez determinado el rendimiento neto de cada período de liquidación (desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre), para calcular el importe a pagar en el pago a cuenta deberá seguir el siguiente esquema de liquidación.
Tipo del 20%
En primer lugar, calcule la cuota íntegra del pago a cuenta. Para ello, deberá aplicar un tipo de gravamen fijo del 20% sobre el importe del rendimiento neto acumulado.
A estos efectos:
- Si la cuota íntegra calculada así es positiva, su cliente podrá deducir la serie de partidas que se indican a continuación.
- Si es negativa el importe que se deberá consignar es cero, debiendo presentar igualmente la declaración como “Negativa” y sin efectuar ningún desembolso.
Pagos fraccionados y retenciones del modelo 130
De la cuota positiva así calculada, su cliente podrá deducir las retenciones que haya soportado por la actividad desde el inicio del ejercicio, así como los otros pagos fraccionados del IRPF efectuados durante el año (por ejemplo, en el pago fraccionado de octubre podrá deducirse los pagos fraccionados del primer y segundo trimestre y las retenciones soportadas entre el 1 de enero y el 30 de septiembre) .
Los autónomos pueden deducirse las retenciones que deriven de inmuebles alquilados por los que se obtengan rendimientos de actividades económicas (para lo que deberá contar con al menos un trabajador a jornada completa ), las soportadas en una actividad profesional, o las que soporte por derechos de imagen que proceden de una actividad económica.
Deducción por vivienda Habitual
Una vez descontadas las retenciones y los pagos fraccionados, si su cliente adquirió su vivienda habitual antes de 2013 y disfruta en su IRPF de la deducción por compra de vivienda, podrá descontar un importe igual al 2% del rendimiento neto obtenido desde el primer día del ejercicio, con el límite máximo trimestral de 660,14 euros. Para ello:
- Deberá haber adquirido la vivienda con financiación ajena.
- Y deberá tener unas retribuciones íntegras anuales (sólo rendimientos íntegros, sin descontar gastos) inferiores a 33.007,20 euros.
Dado que no conocerá las rentas íntegras del año hasta el final del ejercicio, deberá realizar una previsión en función de los ingresos de la actividad del primer trimestre, elevando su cuantía al año . Es decir, si en el primer trimestre su cliente obtiene unos ingresos de 8.000 euros, se considerará que el volumen anual de ingresos es de 32.000 euros, en cuyo caso sí podrá aplicar esta deducción en sus pagos fraccionados.
En estos casos no se aplica.
La deducción del 2% no es aplicable cuando se ejerzan dos o más actividades distintas a efectos del cálculo de los pagos fraccionados (estimación directa, estimación objetiva o actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras), o cuando el afectado perciba rendimientos del trabajo y haya informado al pagador sobre la existencia de los pagos por vivienda a efectos de que éste reduzca el tipo de retención que le debe aplicar.
Deducciones por rendimientos bajos
Menos de 12.000 euros
Por último, si los rendimientos netos de la actividad económica en el año anterior han sido iguales o inferiores a 12.000 euros, su cliente tendrá derecho a una deducción trimestral en los siguientes términos:
Rendimiento neto ejercicio anterior | Reducción |
Igual o inferior a 9.000 euros | 100 |
Entre 9.000,01 y 10.000 euros | 75 |
Entre 10.000,01 y 11.000 euros | 50 |
Entre 11.000,01 y 12.000 euros | 25 |
Cálculo del modelo 130
A efectos del cálculo de esta deducción, tenga en cuenta:
- Si su cliente ha iniciado su actividad en el propio ejercicio, podrá considerar que los rendimientos de actividades económicas del año anterior son cero y, por tanto, aplicarse una deducción de 100 euros (por tratarse de unos rendimientos inferiores a 9.000 euros). No se olvide de aplicar este incentivo (en el primer año de actividad todas las ayudas son pocas).
- Esta deducción puede aplicarse cada trimestre de forma acumulativa. Así pues, si es aplicable la deducción de 100 euros, en el cuarto trimestre el importe total deducido llegará a ser de 400 euros.
Cada trimestre se aplica la deducción calculada según la tabla (por ejemplo, los 100 euros indicados). No obstante, al deducir los pagos fraccionados de trimestres anteriores, no se descuenta la deducción aplicada en dichos trimestres. Y si en algún trimestre la cuota no es suficiente para absorber la deducción, el exceso no se pierde y se deduce en el trimestre siguiente.
Ejemplo.Vea los pagos fraccionados a efectuar en el caso de un empresario que el año anterior tuvo un rendimiento neto de su actividad de sólo 8.000 euros (para simplificar el cálculo, consideramos que no disfruta de deducción por adquisición de vivienda habitual y no soporta retenciones):
Concepto | 1T | 2T | 3T | 4T |
Renta acumulada | 3.000 | 8.000 | 12.000 | 18.000 |
Cuota 20% | 600 | 1.600 | 2.400 | 3.600 |
Pagos cta. ant. (1) | – | -600 | -1.600 | -2.400 |
Deducción (2) | -100 | -100 | -100 | -100 |
A ingresar (3) | 500 | 900 | 700 | 1.100 |
Pagos a cuenta de trimestres anteriores que se hubiesen satisfecho de no haberse aplicado la deducción por obtener rentas bajas.
Como en el año anterior los rendimientos netos fueron inferiores a 9.000 euros, la deducción trimestral es de 100 euros.
El importe ingresado durante todo el año es de 3.200 euros (3.600 menos los 400 euros de deducción).
Resultado final del modelo 130
Si el modelo 130 es negativo
En caso de que, tras descontar de la cuota íntegra las retenciones, los pagos fraccionados y las deducciones, el resultado final fuera negativo, su cliente deberá presentar el modelo 130 igualmente, pero sin ingresar cantidad alguna y haciendo constar expresamente que la declaración es “Negativa”.
Las sociedades civiles ya no declaran el modelo 130 ( desde el 2016) sino que presenta el Impuesto sobre Sociedades IS.
Es la sociedad civil la que tributa por los rendimientos de la actividad. Los socios deben hacerlo sólo por las cantidades que perciban, que quedan sujetas a retención.
Cese de actividad y el modelo 130 de los autónomos
Declaración censal
Usted es autónomo y tributa en el IRPF en el régimen de estimación directa. Pues bien, si cesa en su actividad deberá comunicarlo a Hacienda en primer lugar. Apunte. Para ello, deberá presentar una declaración censal de baja dentro del mes siguiente a la fecha de cese. A partir de ese momento, ya no deberá presentar pagos a cuenta de IRPF (modelo 130).
Cobros e ingresos posteriores
Sin embargo, puede ocurrir que, con posterioridad, usted perciba algún cobro por ventas realizadas antes del cese o perciba otros ingresos derivados de la actividad como indemnizaciones (por ejemplo, por siniestros de existencias) o ganancias por la venta de algún activo del negocio.
¿Cómo tributan en el modelo 130?
El hecho de recibir estos cobros e ingresos posteriores al cese no le obligará a presentar nuevos pagos a cuenta .
No obstante, cuando presente su IRPF, sí deberá declarar todos estos ingresos como rendimientos de actividades económicas .
Venta de activos
La regla anterior tiene una excepción. En caso de venta de inmovilizados afectos a la actividad, las rentas obtenidas deben declararse como ganancias o pérdidas patrimoniales en la base del ahorro.
Ocurre lo mismo cuando la actividad está en funcionamiento y todavía no se ha producido el cese.