Compensación del iva soportado
Patrick2024-02-04T18:58:56+00:00En el mundo empresarial, la compensación del IVA soportado es un tema crucial que debe ser comprendido y manejado adecuadamente. En este artículo, exploraremos algunos conceptos importantes relacionados con el IVA, como el IVA soportado y devengado, la diferencia entre el IVA soportado y repercutido, así como cuándo Hacienda devuelve el IVA a compensar y cuál es su caducidad.
Esperamos que esta información sea de utilidad para los lectores que buscan una comprensión más profunda del IVA y sus implicaciones financieras.
¿Qué es el IVA soportado y cómo se diferencia del IVA devengado?
El IVA soportado se refiere al impuesto sobre el valor añadido que una empresa o autónomo paga en sus compras de bienes y servicios.
Es el IVA que se incluye en las facturas recibidas de proveedores.
Por otro lado, el IVA devengado es el impuesto que una empresa cobra a sus clientes por la venta de bienes o servicios.
La diferencia principal entre ambos radica en su origen: el IVA soportado proviene de las compras realizadas, mientras que el IVA devengado se genera por las ventas efectuadas.
Es importante distinguir entre ambos conceptos para realizar correctamente la declaración y liquidación del impuesto, evitando posibles errores y sanciones por parte de Hacienda.
Diferencia entre IVA soportado e IVA repercutido: consejos para evitar errores comunes
Es importante comprender la diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido para evitar cometer errores comunes en la declaración de impuestos.
- El IVA soportado se refiere al impuesto que pagamos al adquirir bienes o servicios, y que posteriormente podemos deducir de nuestros impuestos.
- Por otro lado, el IVA repercutido es el impuesto que nosotros como vendedores trasladamos a nuestros clientes al momento de realizar una venta.
Para evitar confusiones, es fundamental mantener un registro adecuado de las facturas de compra y venta, así como asegurarse de aplicar correctamente los tipos impositivos correspondientes.
Asimismo, es recomendable contar con asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento correcto de las obligaciones fiscales.
¿Cuándo devuelve Hacienda el IVA a compensar y cuál es su caducidad?
La devolución del IVA a compensar por parte de Hacienda depende de diversos factores. En primer lugar, es importante tener en cuenta que el IVA a compensar se refiere al saldo a favor del contribuyente, es decir, cuando ha pagado más IVA del que ha repercutido.
Si su empresa o autónomo hace las declaraciones del iva trimestrales puede pedir la devolución a finales del mes de enero del año siguiente y hacienda tiene de plazo hasta el 6 meses después para devolverle.
Si su empresa hace declaraciones mensuales porque está sujeta al ReDeMe los primeros meses tardarán en 2 y 4 meses pero unos meses después le devolverán mensualmente, es decir la mes siguiente.
El plazo para solicitar esta devolución es de cuatro años desde la finalización del periodo en el que se generó el derecho a compensar. Sin embargo, es recomendable presentar la solicitud lo antes posible para evitar retrasos en el proceso.
Es fundamental contar con toda la documentación necesaria y realizar una correcta declaración de impuestos para agilizar la devolución del IVA a compensar.
Iva a compensar
Ejemplo de compensación del iva
Ejecución de Obras.
El año pasado su empresa realizó obras y efectuó unas inversiones importantes, lo que produjo que soportase mucho IVA y que ahora arrastre una elevada cantidad de IVA pendiente de compensar.
Aunque podría haber solicitado su devolución en la última autoliquidación de 2023 (la que presentó en enero de 2024), decidió no hacerlo por miedo a que eso provocara una comprobación por parte de Hacienda (algo habitual si la cantidad a devolver es importante).
Compensación del IVA
Usted confía en tener ventas en el futuro que generen suficiente IVA repercutido para poder compensar el impuesto pendiente.
No obstante, se pregunta de cuánto tiempo dispone para realizar dicha compensación o bien para solicitar la devolución (devolución que, en general, se hace en la última autoliquidación del año).
Plazos de compensación y devolución del Iva
Cómputo de plazos
Pues bien, una vez que su empresa se ha deducido un IVA soportado incluyéndolo en la autoliquidación, dispone de cuatro años para compensarlo con el IVA repercutido o bien para solicitar su devolución.
Este límite de tiempo es adicional e independiente del plazo de deducción; además, se computa a partir de la fecha de la presentación de la autoliquidación en la que se incluye el IVA soportado .
Ejemplo
En la autoliquidación de IVA del segundo trimestre de 2023 su empresa se dedujo 90.000 euros, resultando una cuota a compensar de 35.000 euros.
Pues bien, podrá compensar dicho IVA, o pedir su devolución –en la última declaración de cada año–, hasta la autoliquidación de IVA del segundo trimestre de 2027.
Devolución
Recuerde que, en general, la devolución del IVA sólo se puede realizar en la última autoliquidación de cada año. Si la empresa se acoge al régimen de devolución mensual, la devolución puede solicitarse cada mes.
¿Y si transcurren los 4 años?
Criterio FIFO
El hecho de que su empresa lleve más de cuatro años con saldos a compensar no implica necesariamente la caducidad del derecho a compensar.
Si durante ese plazo ha habido declaraciones con resultado previo positivo, cabe defender que en éstas se habrán compensado los saldos más antiguos , por lo que los saldos pendientes pueden corresponder a fechas más recientes (no quedando ningún saldo a compensar de más de cuatro años pendiente).
Es decir, primero se compensa el saldo a compensar más antiguo (criterio FIFO: primero en entrar, primero en salir), de manera que se entiende que primero se han compensado las cantidades más antiguas.
Derecho de devolución del Iva
Por otro lado, sepa que la caducidad del derecho a compensar no implica la pérdida definitiva de ese saldo.
En atención a la neutralidad del impuesto, los tribunales han establecido que las empresas disponen de cuatro años más (contados desde la fecha de la caducidad) para solicitar la devolución del IVA .
Para recuperar ese IVA, la empresa afectada debe dejar de declararlo como pendiente de compensación y solicitar su devolución por escrito.
Al tratarse de una devolución “especial”, Hacienda exige que se solicite de forma expresa, y no a través de la última autoliquidación anual del IVA.
En definitiva, el conocimiento de los conceptos clave del IVA es esencial para cualquier empresa o autónomo. La comprensión de la diferencia entre el IVA soportado y el IVA devengado, así como la distinción entre el IVA soportado y el IVA repercutido, puede evitar errores comunes en la presentación de impuestos. Sin embargo, aún queda por reflexionar sobre cómo se podría simplificar y mejorar el sistema tributario para facilitar su comprensión y aplicación.