¿Como tributa un préstamo socio sociedad?
Patrick2024-01-16T02:18:24+00:00Introducción: ¿Qué son los préstamos socio sociedad y cómo funcionan?
Los préstamos socio sociedad son una forma de financiamiento interno en la que los socios de una empresa otorgan préstamos a la misma. Esta práctica es común en empresas de pequeña y mediana escala, donde los socios pueden utilizar sus propios recursos para ayudar a financiar las operaciones o proyectos de la empresa.
Estos préstamos entre socios y sociedad pueden tener varias ventajas. En primer lugar, permiten a la empresa obtener capital sin tener que recurrir a fuentes externas como bancos u otras instituciones financieras. Esto puede resultar especialmente útil cuando las condiciones del mercado son desfavorables o cuando la empresa tiene dificultades para acceder a crédito.
Además, los préstamos socio-sociedad suelen tener tasas de interés más flexibles y términos más favorables en comparación con los préstamos tradicionales. Esto puede beneficiar tanto a los socios prestamistas como a la empresa receptora, ya que se pueden establecer acuerdos personalizados según las necesidades y capacidades financieras de ambas partes.
Es importante destacar que estos préstamos deben ser formalizados adecuadamente mediante contratos legales y contabilizados correctamente en los registros financieros de la empresa. Esto garantizará transparencia y evitará posibles conflictos futuros entre los socios.
Ventajas y desventajas de los préstamos socio sociedad
Los préstamos entre socios y sociedad son una opción comúnmente utilizada en el ámbito empresarial. Estos préstamos pueden ofrecer beneficios significativos, pero también presentar desventajas y riesgos financieros que es importante considerar.
Uno de los principales beneficios de los préstamos entre socios y sociedad es la flexibilidad que brindan. Al realizar un préstamo interno, las partes involucradas tienen la capacidad de acordar los términos y condiciones que mejor se adapten a sus necesidades particulares. Esto puede incluir tasas de interés favorables, plazos flexibles o incluso la posibilidad de ajustar el pago según los resultados financieros del negocio.
Además, los préstamos internos pueden ayudar a evitar trámites burocráticos y costosos asociados con la obtención de financiamiento externo. En lugar de acudir a instituciones financieras o prestamistas externos, las empresas pueden recurrir a sus propios recursos para obtener el capital necesario.
Sin embargo, también es importante tener en cuenta las desventajas y riesgos financieros asociados con los préstamos internos. Una desventaja clave es que estos préstamos pueden afectar negativamente las relaciones entre socios si no se gestionan adecuadamente. Los conflictos relacionados con pagos, intereses o plazos podrían surgir e impactar en la armonía del negocio.
Además, existe un riesgo financiero inherente al prestar dinero dentro de una empresa. Si la empresa enfrenta dificultades económicas o incumple con sus obligaciones financieras, el socio prestamista podría perder su inversión.
El préstamo socio sociedad está considerado como una operación vinculada
Interés de mercado
Supuestos de vinculación
Si el socio que efectúa el préstamo a su empresa ostenta una participación de al menos del 25% del capital o bien si es un administrador, dicho préstamo se considerará como una operación vinculada . En ese caso es obligatorio valorar los intereses según el tipo de interés de mercado (es decir, el que se pactaría entre partes independientes), aplicando para ello alguno de los métodos de valoración previstos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades (IS) .
A la hora de tributar en el IS y el IRPF, tanto el socio como la sociedad deberán declarar dicho tipo de interés de mercado, aunque el interés efectivamente satisfecho sea otro diferente.
Comparables internos
En estos casos, el método de valoración más adecuado suele ser el denominado precio libre comparable, pudiéndose recurrir a comparables internos (es decir, al tipo de interés que esté satisfaciendo la empresa en otros préstamos de bancos o entidades no vinculadas). Si la sociedad tiene préstamos con entidades financieras por cantidades similares a las del préstamo vinculado, un comparable de mercado ideal sería el tipo de interés que se aplique en dichos préstamos bancarios.
Si la sociedad no tiene préstamos con bancos que puedan servir como elemento de comparación, deberán buscarse comparables externos, es decir, tipos de interés de mercado aplicados en préstamos que perciban otras empresas similares en tamaño, facturación y tipo de actividad.
Otras posibilidades
En caso de que no se disponga de información sobre ninguno de estos comparables, otra alternativa puede ser buscar un tipo de interés de referencia, como el tipo de interés legal o el interés de demora tributario. Se podría defender que, ante la dificultad de obtener información sobre otros tipos de interés, estos tipos son los más adecuados. La propia normativa los utiliza, por ejemplo, para fijar indemnizaciones entre particulares, o aplazamientos de pago a Hacienda.
Documentación
Conservación.
En estos préstamos entre partes vinculadas es también preciso que la sociedad prestataria conserve la documentación relativa al préstamo y la justificación de la valoración asignada a los intereses . Esto es necesario tanto si la empresa tiene o no la obligación formal de documentar sus operaciones vinculadas. Piense que, en caso de comprobación de Hacienda, la empresa deberá igualmente acreditar cómo ha determinado el tipo de interés aplicado.
Recuerde que su empresa está exenta de la obligación formal de documentar operaciones realizadas con una misma persona o entidad vinculada que no superen los 250.000 euros en el ejercicio –cuantía que difícilmente superarán los intereses de un préstamo–. No obstante, igualmente deberá poder acreditar documentalmente que los intereses declarados son de mercado.
Tributación de los intereses de un préstamo socio sociedad
Regla especial
Préstamo vinculado
Otro aspecto a tener presente cuando un socio presta dinero a una empresa con la que está vinculado es que los intereses que percibirá tributan en el IRPF de forma especial :
- Si el préstamo no supera tres veces la suma de los fondos propios atribuibles a la participación del socio , los intereses tributan en la renta del ahorro del IRPF (a un tipo de entre el 19 y el 28%).
- Si el préstamo supera dicha suma, los intereses que correspondan al exceso tributan en la base imponible general del IRPF (a un tipo que puede alcanzar el 47% o incluso superior en algunas comunidades autónomas).
Evitar préstamos elevados
Precaución
Por tanto, en estos casos procure que el préstamo otorgado por el socio no supere el triple de la parte de fondos propios que le correspondan; de lo contrario, el coste fiscal en IRPF de los intereses será más elevado.
Ejemplo 1
Un socio que ostenta el 30% del capital de una empresa con unos fondos propios de 20.000 euros realiza un préstamo a dicha empresa de 25.000 euros. Pues bien, si percibe 1.000 euros de intereses, la tributación en el IRPF de dicha suma será la siguiente:
Concepto | Importe |
3 x fondos propios socio | 18.000 (30% x 20.000 x 3) |
% intereses base ahorro | 72% (18.000 / 25.000) |
Intereses renta ahorro IRPF | 720 |
Intereses renta general IRPF | 280 |
Retención de un préstamo socio sociedad
Tipo retención fijo del 19%
Exigibilidad de la retención
Cuando el perceptor de los intereses es una persona física, la entidad pagadora debe aplicar una retención fija del 19%, que deberá ingresar a Hacienda a través del modelo 123 (mensual o trimestral). Dicha retención deberá practicarse en el momento en el que sea exigible el pago de los intereses , según las condiciones que se pacten en el contrato de préstamo .
Declaración. El socio que percibe los intereses también debe declararlos en el IRPF del ejercicio en el que sean exigibles . Así, si se pacta una exigibilidad anual (caso más habitual), deberá imputar el ingreso en el IRPF del año en el que pueda exigir el cobro, con independencia de que los intereses se hayan devengado total o parcialmente en el año anterior.
Alternativa: Cobrar al vencimiento
Otra alternativa en estos casos es pactar expresamente que los intereses se liquiden al final del contrato, es decir, al vencimiento. En este supuesto, y por aplicación de la regla de exigibilidad:
- El socio deberá declarar el ingreso (los intereses devengados) en el ejercicio en el que éste sea exigible (el de vencimiento del préstamo). Por tanto, estará retrasando su tributación.
- La sociedad, por su parte, no deberá practicar la retención e ingresarla en Hacienda hasta ese momento (la fecha del vencimiento).
Ahorro financiero
Aunque en este caso el socio deba tributar por los intereses de acuerdo con la regla de exigibilidad, esto no afecta a la tributación de la sociedad a la que ha efectuado el préstamo, que deberá seguir imputando el gasto por intereses anualmente, a medida que éstos se devenguen y con independencia del momento de su exigibilidad o de su cobro . Ello permite obtener algún ahorro financiero global, ya que, mientras que el socio puede demorar el momento en que tributa por los intereses, la empresa puede, desde el principio, irse deduciendo el gasto cada año.
En cualquier caso, demorar el cobro de intereses no siempre sale a cuenta. Recuerde que, en general, dichos rendimientos se integran en la base del ahorro y que, al ser ésta progresiva, puede oscilar entre un tipo del 19 y el 28%. Así pues, antes de optar por el cobro al final del préstamo debe valorarse si la acumulación en un solo año puede suponer pagar más IRPF.
Ejemplo 2.Un socio persona física es titular del 100% de una sociedad a la que realiza un préstamo a su sociedad de 150.000 euros a tres años, a un tipo del 5%. Vea las diferencias si la liquidación de intereses es anual o a su vencimiento:
Año | Anual | Al vencimiento | ||
Intereses | IRPF | Intereses | IRPF | |
Año 1 | 7.500 | 1.455 | – | – |
Año 2 | 7.500 | 1.455 | – | – |
Año 3 | 7.500 | 1.455 | 23.643 (1) | 4.845 |
IRPF total | 4.365 | 4.845 |
Al exigirlos al vencimiento, los intereses totales son más elevados (esto es así porque los intereses que se generan cada año se acumulan al total de la deuda).
En este caso concreto, al tratarse de un préstamo de un socio su sociedad de una suma importante, demorar los intereses al vencimiento no es tan beneficioso. Sin embargo, para sumas más reducidas esta opción sí puede ser conveniente. Verifique en cada caso qué le beneficia más.