Gestión de altas y bajas en la Seguridad Social
admin2023-09-15T06:43:20+00:00Las altas y bajas en la Seguridad Social son una gestión básica para cualquier empresa. Es necesario que todos los trabajadores y trabajadoras de una empresa dispongan del alta, una vez finalizada la relación laboral, la propia empresa debe tramitar la baja.
A continuación, vamos a analizar el proceso de altas y bajas en la Seguridad Social.
Qué son las altas y bajas en la Seguridad Social
Las altas y bajas de la Seguridad Social se refieren al proceso administrativo que registra el inicio o la finalización de una relación laboral, respectivamente, en el sistema de seguridad social de España.
El alta en la Seguridad Social se produce cuando una persona comienza una actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena, y se registra oficialmente en el sistema para empezar a cotizar y recibir los derechos y prestaciones asociados.
Por otro lado, la baja en la Seguridad Social indica la finalización de dicha relación laboral y, por tanto, el cese temporal o definitivo de las cotizaciones y, en algunos casos, de ciertos derechos o prestaciones. Esta baja puede deberse a situaciones como el fin de un contrato de trabajo, jubilación, o el cese de una actividad por cuenta propia.
Cómo se tramita la baja y el alta en la Seguridad Social
En España, las altas y bajas en la Seguridad Social son trámites que las empresas, trabajadores autónomos o profesionales deben realizar cuando se inicia o finaliza una relación laboral. El procedimiento es el siguiente:
Altas en la Seguridad Social
- Para trabajadores por cuenta ajena: Las empresas son responsables de dar de alta a sus empleados antes del inicio de su actividad laboral. Este proceso se realiza a través del Sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos) de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Una vez inscritos, los trabajadores reciben un número de afiliación, que les identificará de manera única y permanente durante toda su vida laboral.
- Para trabajadores autónomos o por cuenta propia: Estos trabajadores deben tramitar personalmente su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la TGSS y, simultáneamente, deben darse de alta en la Agencia Tributaria. El alta en la Seguridad Social se realiza presentando el modelo TA0521.
Bajas en la Seguridad Social
- Para trabajadores por cuenta ajena: Cuando finaliza la relación laboral, las empresas deben tramitar la baja de sus empleados a través del Sistema RED. Es importante que la baja se realice dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones. Si el contrato es temporal, la baja debe efectuarse el día siguiente a la finalización del contrato.
- Para trabajadores autónomos: En caso de cese de actividad, el trabajador autónomo debe solicitar la baja en el RETA en la TGSS y, a la vez, comunicar la baja en la actividad económica ante la Agencia Tributaria. Para tramitar la baja en la Seguridad Social, se presenta el modelo TA0521, indicando la fecha de cese de actividad.
Aspectos a considerar
Es esencial respetar los plazos para las altas y bajas para evitar posibles sanciones. En el caso de las altas, se deben realizar previamente o simultáneamente al inicio de la actividad laboral. Por otro lado, las bajas deben tramitarse inmediatamente después del cese de la actividad o relación laboral.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, el alta en la Seguridad Social también implica el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, ya sea el Régimen General o alguno de sus regímenes especiales (agrario, empleados del hogar, artistas, etc.).
Los trabajadores autónomos que deciden cesar temporalmente su actividad pero tienen la intención de retomarla en el futuro, deben tramitar una baja temporal.
Para ambos trámites, se recomienda contar con toda la documentación necesaria y consultar cualquier duda con la TGSS o un asesor laboral.
Cuánto tarda en concederse un alta o una baja de empleo
El trámite de altas y bajas en la Seguridad Social en España es relativamente rápido, aunque el tiempo de respuesta puede variar según el tipo de alta o baja y la carga administrativa del momento.
Para trabajadores por cuenta ajena, las empresas deben tramitar el alta antes del inicio de la actividad laboral del empleado. Una vez realizado el trámite, el proceso es casi inmediato, y el trabajador queda registrado en el sistema. La baja debe efectuarse el día siguiente al cese de la actividad o al término del contrato, y su tramitación es igualmente rápida.
Para trabajadores autónomos, el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se efectúa de manera prácticamente inmediata tras la presentación del modelo TA0521. En el caso de las bajas, una vez presentado el formulario correspondiente, la efectividad de la baja es generalmente inmediata o al día siguiente.
Es crucial realizar estos trámites en los plazos adecuados para garantizar los derechos del trabajador y evitar posibles sanciones.
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